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Las ordenanzas municipales hispalenses son las únicas de las trece ciudades más importantes de España donde se regula el horario festivo en Nochevieja. El límite para hacer ruido, las 4 de la madrugada.

Por ello, la norma general, aplicable todo el año, incluye también la noche del 31 de diciembre. Al amparo de estos datos, todos los ruidos estarían limitados en el plazo de tiempo que las ordenanzas denominan como “Horario Nocturno” (en líneas generales de 22:00 a 8:00 horas).

Sevilla es la única que hace referencia específica a la celebración de fiestas en domicilios en Nochevieja. La Ordenanza contra la Contaminación Acústica, Ruidos y Vibraciones del Ayuntamiento de Sevilla lo expresa en los siguientes términos: “Las celebraciones privadas en viviendas u otros locales cerrados del inmueble podrán desarrollarse únicamente entre las 12:00 y las 23:00 horas, manteniendo un comportamiento lógico de civismo. Las que se desarrollen los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero, podrán hacerlo en cualquier período del día salvo entre las 04:00 y las 12:00 horas”.

Gracias a ello, los ciudadanos de Sevilla son los únicos que pueden sentirse respaldados por la ordenanza, de modo que podrán celebrar fiestas en domicilios privados en Nochevieja hasta las 04:00 horas.

Fiestas en domicilios privados

En relación a estos festejos, según los expertos en soluciones acústicas de Aistec, una conversación de tres personas genera una presión sonora (SPL) entre 60 y 65 dB. Ya que una fiesta incita a la reunión de 10-15 personas, el SPL sube a 68-75 dB (sin tener en cuenta los gritos de alegría, que implican subidas de 80-85 dB). A ello hay que añadir un hilo musical, por lo que pronto alcanzamos los 80-85 dB. En España el límite de inmisión de ruido en una vivienda durante el día es de 40 dBA y 30 dBA en periodo nocturno (para los casos más restrictivos 35 dBA  y 25 dBA), por lo que quedan patentes las molestias que se pueden generar.

Para evitar esto, las ordenanzas limitan los ruidos en el plazo que denominan “Horario Nocturno”, motivo por el que las fiestas estarían prohibidas durante este periodo, incluyendo Nochevieja. Aunque difiere en algunas horas de unas normativas a otras, este horario coincide con la franja que va desde las 22:00, hasta las 8:00 horas.

Para llevar una buena convivencia, según Salvador Díez, presidente del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España (CGCAFE): “Si se desea hacer una fiesta, se debe informar al presidente de la comunidad, al administrador de fincas y a la Junta de Propietarios”. Además, señala que conviene poner una nota en el tablón de anuncios de la comunidad, con la hora prevista de la fiesta y su finalización.

Por su parte, Carmen Abascal, directora de la asociación Clave, centrada en la atención a la deficiencia auditiva, también hace recomendaciones de cara a celebrar fiestas. “Siempre es buena idea poner la música a volumen bajo, y evitar los tacones o poner alfombras que amortigüen el ruido de nuestros bailes. Otra posibilidad es bailar descalzos”, explica. Además, señala que es recomendable guardar los turnos en la conversación y no gritar, y añade que si se van a disparar cohetes y fuegos artificiales desde los balcones y terrazas, lo ideal es protegerse los oídos con tapones.