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El ERE en Mercasevilla es legal

Los trabajadores recurrirán al Alto Tribunal la sentencia del TSJA que consideraba «ajustado a derecho» el ERE que supuso el despido de 129 trabajadores de la lonja sevillana.

La asamblea de trabajadores de la sociedad gestora del mercado central de abastos hispalense, Mercasevilla, ha acordado por unanimidad recurrir ante el Tribunal Supremo (TS) la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que desestima la demanda colectiva promovida contra el expediente de regulación de empleo (ERE) consumado en agosto de 2013 por la compañía, según informan agencias.

El ERE, que se produjo en el marco de la liberación de servicios de la lonja, supuso el despido de 129 empleados con indemnizaciones de 20 días de sueldo por cada año de servicio. A través de esta sentencia emitida el 6 de marzo la sala de lo Social del Alto Tribunal andaluz resuelve la demanda colectiva contra estos despidos que comenzaron a ser efectivos el pasado 12 de agosto de 2013, la jornada en la que, precisamente, entraba en vigor la liberalización de los servicios.

La liberalización de los servicios de carga de género, pesaje y facturación y cobro de ventas que la plantilla de Mercasevilla prestaba en la lonja de pescado, en ese sentido, constituye el eje del conflicto. El Gobierno municipal del popular Juan Ignacio Zoido sostiene que esta liberalización responde al cumplimiento de las exigencias y dictámenes de las instituciones y normativas europeas, toda vez que los trabajadores defienden que la Unión Europea no ha emitido nunca ningún dictamen concluyente o definitivo sobre este aspecto.

EL TSJA argumentaba su fallo en que, en el momento del ERE de 2013, Mercasevilla es una empresa en la que se produce una grave situación económica con pérdidas tanto actuales como previstas, donde se ha producido un cambio en los sistemas de producción que modifica la demanda de sus productos, ya que la aprobación de nuevos Reglamentos de Servicio en Mercasevilla S.A. modifica por completo su actividad económica, con una disminución radical de la demanda por la negativa de los empresarios mayoristas del pescado a seguir contando con los servicios del personal de Mercasevilla S.A.

Estas circunstancias, a juicio del Alto tribuna andaluz, obliga a la empresa a una reestructuración total del organigrama de la empresa, agravada porque algunos de sus cargos directivos y la empresa misma están incursos en causas penales. Por tanto, afirma que concurre causa suficiente tanto económica, como técnica, organizativa y productiva que justifica la supresión de determinados puestos de trabajo y el despido colectivo.

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