El TEDH exige al Ayuntamiento y a la Junta que informe sobre las soluciones para las familias antes del 11 de marzo a las 16.00 horas.

El pasado lunes el Grupo de abogados ’17 de marzo’ elevó una demanda contra el estado español al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en el que planteaban una posible vulneración de los Derechos Fundamentales a las familias de la Corrala Utopía. Así lo han comunicado la ‘Intercomisión de vivienda 15 M Sevilla’ junto al ‘Grupo de Juristas 17 de Marzo’.

Este jueves el Alto Tribunal ha emitido su respuesta, segúnla nota oficial, “exigiendo tanto a la Junta como al Ayuntamiento de Sevilla que trasladen al TEDH antes de las 16:00 del próximo martes 11 de marzo qué acciones están realizando para evitar que se violen los artículos 2, 3 y 4 del Convenio Europeo de Derechos Humanos en caso de que se ejecute el desalojo del edificio en el que residen sin que se proporcione de forma previa una opción alternativa de realojo”.

Así el TEDH en la resolución, obliga a responder al Ayuntamiento de Sevilla y a la Junta de Andalucía, que “teniendo en cuenta la decisión del juez de instrucción nº 3 de Sevilla de 25 de febrero ¿cuáles son las medidas que las autoridades internas, en particular aquellas que se nombran en la decisión, han pensado tomar en relación a los demandantes, en especial el niño menor de la primera demandante, teniendo en cuenta su situación de vulnerabilidad para prevenir el incumplimiento de los art 3 y 8 de la convención?. En particular ¿qué soluciones propondrán y con qué plazos?

Según la nota, el ‘Grupo 17 de marzo’ conforme a la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, entiende que si no se da una solución habitacional por parte de las Instituciones requeridas, se tendría que paralizar el desalojo, ya que éste sería considerado contrario a la Convención Europea de Derechos Humanos, y por tanto declarado ilegal. Además situaría al Ayuntamiento de Sevilla y a la Junta de Andalucía fuera del Convenio Europeo de Derechos Humanos y por tanto fuera de la legalidad.

Por tanto, si las instituciones españolas, ahora requeridas por la Corte Europea, quieren cumplir su resolución tendrán, en primer lugar, que dar todos los pasos precisos para detener el desalojo para el que las Fuerzas de Seguridad del Estado ya tienen orden.

“Asimismo se ha comunicado dicha resolución al Juzgado de Instrucción nº 3 de Sevilla al objeto de que suspenda el desalojo, al menos hasta el día 11, a la espera de que las administraciones ofrezcan una solución habitacional a estas familias con menores y personas mayores enfermas tal como requiere el TEDH”.

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