Tras la ratificación en el Tribunal Superior Justicia de Andalucía, los hosteleros de Sevilla
comenzarán a aplicar en sus establecimientos el próximo lunes 20 de diciembre el pasaporte covid, según afirma la Asociación de Hosteleros de Sevilla y Provincia (AHSP).

La medida, que estará vigente hasta el 15 de enero y es obligatoria en el interior de bares,
restaurantes y locales de ocio nocturno, ha sido consensuada con la administración competente tras la solicitud.

«Se trata de una medida preventiva que minimiza el riesgo de contagios y evita imponer otras medidas más restrictivas, permitiendo mantener el aforo y horarios actuales; unas condiciones laborales vitales para la recuperación del sector en unas fechas tan importantes como las navideñas», manifiesta la patronal de los hosteleros de Sevilla.

En palabras del presidente de la AHSP, Antonio Luque Ortega, «desde la asociación queremos mandar un mensaje de tranquilidad y animar a todos los sevillanos y turistas a disfrutar de sus comidas y cenas de Navidad en nuestros bares y restaurantes con toda seguridad».

«Instamos a todos los hosteleros y clientes a cumplir con todas las normas establecidas, con la mayor responsabilidad y el compromiso. Debemos estar todos unidos y respetar una situación de pandemia que aún no ha terminado», ha añadido.

El pasaporte covid, «una medida preventiva» para los hosteleros

La patronal considera que el certificado «es una medida preventiva dado el aumento de
contagios, e instará y recomendará la vacunación a los empleados de hostelería para garantizar la mayor seguridad, ya que además de trabajadores son clientes a su vez».

Del mismo modo, los hosteleros agradecen a la Junta de Andalucía que «no haya establecido ninguna otra restricción», un hecho valorado «muy positivamente» por la patronal, a fin de «recuperar al sector que ya ha perdido el 80% de las reservas para estas fechas, así como el afecto adverso que ha tenido para el turismo».

El auto refrenda lo que los hosteleros ya venían advirtiendo desde que solicitaron la medida, «es necesaria al objeto de reducir de forma inmediata la tasa ascendente de contagios» y es considerada «idónea» porque «limita el acceso a los establecimientos a personas que potencialmente pueden poseer mayor riesgo de transmisión de la enfermedad».