La juez ha señalado que la condición de sacerdote de Gómez Sierra y de otros siete de los encausados no es una “circunstancia eximente de la responsabilidad”.

La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso interpuesto por los expresidentes de Cajasur Santiago Gómez y Juan Moreno y otros 14 consejeros contra el expediente sancionador abierto por el Banco de España tras la intervención de la caja cordobesa y confirma así las multas de cuantía “correcta” que les fueron impuestas a cada uno de ellos.

Así, la Audiencia Nacional ha respaldado las sanciones impuestas por el supervisor financiero y que hacen referencia a infracciones en las deficiencias en la estructura de organización; en sus procedimientos administrativos y contables y el control interno que ponen en riesgo la viabilidad de la caja; el incumplimiento de las políticas exigidas por el Banco de España en materia de provisiones, tratamiento de activos o reducción de riesgo inherente a sus actividades –en este caso, la fusión–; y la insuficiencia en la cobertura de recursos propios mínimos o el de las normas de límite de riesgo en operaciones de préstamo.

Por una parte, hay sanciones superiores a los 90.000 euros para cada uno de los exconsejeros que fueron partidarios de que CajaSur fuera intervenida, al considerar que cometieron cuatro sanciones; mientras que para los que votaron a favor de la fusión con Unicaja se les atribuyen dos únicas infracciones y las multas impuestas no superan los 78.000 euros.

La Audiencia Nacional no ha atendido a los argumentos que acusaron de falta de vigilancia al Banco de España en el año 2004. Tampoco respalda la postura de que los condenados no conocieran los hechos o que la sanción sea arbitraria con discriminación en las sanciones, que consideran desiguales e impuestas sin tener en cuenta la conducta diligente para solventar los problemas y solo en función de los resultados.
Por otro lado, cabe destacar que la juez ha señalado que la condición de sacerdote de Gómez Sierra y de otros siete de los encausados no es una “circunstancia eximente de la responsabilidad”. En ese sentido, se señala que después de 2004 el consejo de CajaSur no solo no puso en práctica políticas de contención del perfil de riesgo sino que profundizó e incrementó su política de riesgos en el sector inmobiliario, lo que fue decidido por los miembros del consejo de la caja. Por lo que su condición sacerdotal no exime de la responsabilidad que adquirieron cuando aceptaron hacerse cargo de los puestos que ocupaban en CajaSur.

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