Audiencia Provincial de Sevilla / SA

Un Tribunal de la Audiencia de Sevilla ha absuelto a un varón de 45 años acusado de tocamientos a su hija menor de edad. El hombre se sentó en el banquillo después de que su exmujer le denunciara por presuntos abusos y conductas exhibicionistas ante la hija que tenían cuando esta tenía cinco años.

Los magistrados que han llevado el caso han expresado en la sentencia que albergan «serias dudas» sobre estos hechos. Tras escuchar todos los testimonios, no creen que la conducta del acusado fuera constitutiva de un delito de abusos sexuales.

El matrimonio se separó en 2015, cuatro años después de tener a su primer y única hija. Fue en 2016 cuando se estableció un régimen de visitas con el padre, siempre bajo la supervisión de la abuela paterna. Sin embargo, en marzo de 2017, un juzgado prohibió al encausado acercarse a su hija, a su domicilio o a su centro escolar, así como cualquier tipo de comunicación con ella. Además, se suprimió el régimen de visitas.

Su exmujer le había denunciado en reiteradas ocasiones por presuntos tocamientos sobre su hija menor de edad. Sin embargo, esto no quedó probado en el juicio. «No ha quedado probado que el acusado, tanto antes de su separación como con posterioridad a la misma con motivo del ejercicio del régimen de visitas, efectuara tocamientos en las partes íntimas de la menor, así como que le exhibiera sus partes».

Pedían cinco años de cárcel

Debido a los presuntos abusos, la Fiscalía pedía cinco años de cárcel, aunque el acusado negaba todos los hechos.

Sobre el encausado existen varias denuncias por exhibicionismo a adultos, delante de los que se masturbaba. Según el varón de 45 años, este trastorno que padecía ya está «tratado y curado» por profesionales. Estas causas aún siguen abiertas y pendientes de ser juzgadas.