Hosteleros aseguran que la ordenanza de veladores recogió «pocas» alegaciones

La Plataforma por el descanso, junto a Ecologistas en Acción y Juristas contra el Ruido, solicitan la anulación de la norma al considerar que vulnera la Ley del Ruido y no cuenta con una calificación de impacto ambiental.

Más de 100 asociaciones vecinales representadas por la Plataforma por el Descanso, la Coordinadora de Asociaciones Independientes (CAIS) y la Plataforma de Parques y Jardines y miembros de Juristas contra el Ruido, se han unido junto con Ecologistas en Acción y la Plataforma Estatal contra el Ruido (PEACRAM) para solicitar al Ayuntamiento de Sevilla la anulación de la ordenanza de veladores, que entró en vigor el pasado lunes. Asimismo, instan a la Junta de Andalucía a que impugne la norma en caso de un no por parte del Ayuntamiento.

Los colectivos entienden que la Ordenanza supone una “clara infracción” de la legislación vigente y que la Junta de Andalucía tiene que actuar como “garante del respeto al ordenamiento jurídico por parte de las Administraciones Locales”. Las principales críticas se ciñen respecto al ruido, ya que, denuncian que la ordenanza ignora que el velador es “emisor acústico”. “Con esta triquiñuela el Ayuntamiento de Sevilla pretende saltarse la Ley de Ruido y el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica de Andalucía”, señala en una nota Ecologistas en Acción.

Para la Plataforma para el descanso, el impacto del ruido de veladores en la salud, bienestar y patrimonio de los afectados es “incuantificable”. Según sus cálculos, el número de veladores en la ciudad –legales e ilegales- es de 20.000 y señala que los afectados por el ruido de veladores “no pueden vender sus viviendas, ni pueden disfrutarlas, ni pueden alquilarlas, el comercio de unos y las ganancias del Ayuntamiento se hacen a costa del patrimonio y a la enfermedad de los vecinos afectados”.  

Según estos colectivos, la ordenanza incumple la Directiva Comunitaria contra el Ruido e ignora que el otorgamiento de licencias para instalar veladores “supone una ampliación de licencia, y que, por tanto, es obligatoria una Calificación Ambiental que analice sus posibles impactos y los controle”. “En este sentido la Ordenanza vulnera nuevamente la Ley de Ruido, además de la Ley de Gestión Integrada de Calidad Ambiental, conocida como Ley GICA, ya que no se pueden dar nuevas licencias en Zonas Saturadas”, señalan.

Estos colectivos han anunciado una reunión con el Director General de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Junta de Andalucía, Joaquín Peña, al que presentarán dos dictámenes, realizados por el profesor Jesús Jordano y el juez Rodríguez Laín, que avalarían los argumentos sobre la vulneración de la legislación por parte de la Ordenanza y la petición de impugnación de la misma.

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