La Plaza de la Campana. SA

El Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado la instalación de toldos de propiedad municipal en ciertas zonas del Casco Histórico como la Campana, la Plaza del Duque y las calles Velázquez, O’Donnell, Tetuán y Sierpes. Además, el consistorio ha aprobado también el inicio del expediente de resolución del contrato para el entoldamiento de una veintena de calles del Casco Antiguo dada la imposibilidad por parte de la empresa adjudicataria de cumplir con lo comprometido.

El contrato que se rescinde tenía una vigencia de tres años y un importe de 669.000 euros. La Gerencia aprueba además la incautación de la garantía depositada por parte de la empresa e inicia los trámites para un nuevo expediente de contratación para la ejecución de este servicio de entoldamiento a partir de 2022.

De acuerdo con la Ley de Contratos, procede ordenar a la empresa adjudicataria que ejecute estas medidas indispensables en un plazo de cinco días y con un presupuesto estimado en función del coste de este mismo servicio el año pasado.

Para ello, Sevilla empleará los toldos de titularidad municipal almacenados por parte del Ayuntamiento y que se han instalado en años anteriores. En caso de que no lo ejecute, el Ayuntamiento tendrá la posibilidad de contratar este servicio con el mismo presupuesto con otra empresa.

En cualquier caso, y con independencia de estas medidas indispensables, la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente resolverá el contrato que se firmó con la empresa adjudicataria por un periodo de tres años y un importe de 669.000 euros firmado el pasado 31 de mayo e incautará la garantía depositada en el acto de firma del contrato. Se inicia además el nuevo proceso de tramitación para que el nuevo contrato entre en vigor a partir de 2022.

El contrato que se rescinde se había planificado por un periodo de tres años para dar estabilidad a este servicio e incluía por primera vez la adquisición de un nuevo sistema de toldos para toda la ciudad. Estaba prevista su instalación en el mes de junio. Sin embargo, la empresa adjudicataria indicó en los dos proyectos presentados que no podía suministrar en tiempo y forma los materiales previstos en la oferta presentada y recogidos en el contrato firmado entre las dos partes, motivo por el cual ha sido necesario iniciar el expediente de resolución.