Autovía A-92 en Alcalá de Guadaíra
Autovía A-92 en Alcalá de Guadaíra / SA

Entre el 10 y 16 de mayo un total de 522 conductores han sido denunciados por exceso de velocidad en la provincia de Sevilla, lo que representa el 4,8% del total de conductores controlados (10.722). Los controles han tenido lugar durante los siete días de la campaña especial de vigilancia de la velocidad realizada por la Dirección General de Tráfico (DGT).

En el marco de esta campaña, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han establecido 39 puntos de control de velocidad en las carreteras de la provincia de Sevilla, lo que ha permitido, como ha destacado el subdelegado del Gobierno, Carlos Toscano, “establecer una  importante red de controles preventivos”.

 Al 79,5% de los conductores infractores se les notificó la denuncia en el momento de ser parados e informados por los agentes de tráfico.

Carlos Toscano ha explicado que debido al alto porcentaje de accidentes que se producen en las carreteras convencionales y travesías, es decir, las que disponen de un solo carril en cada sentido, se han reforzado los controles en este tipo de vías, tanto con radares estáticos como dinámicos. En este tipo de vías han sido controlados el 82,06% de los vehículos. El resto de controles han sido realizados en autopistas y autovías (17,94%).

Exceso de velocidad sin llegar al delito en Sevilla

Durante los siete días de vigilancia continuada de la velocidad, ningún conductor de la provincia de Sevilla incurrió en delito contra la seguridad vial por exceder la velocidad permitida en la vía, según se recoge en el Código Penal.

A estos resultados hay que sumar los controles que las distintas policías locales de los Ayuntamientos que han sido invitados han realizado en su ámbito de actuación, colaboración “muy importante”, según el subdelegado, pues “se unifica el mensaje de respeto de los límites de velocidad establecidos, independientemente de la vía por la que se circule”.

Normativa

La Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de la Circulación fija la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancias entre vehículos. El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 100 a 600 euros.

Además, el artículo 379 del Código Penal, estipula que “el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.

En esta campaña de velocidad, un conductor ha sido denunciado por incumplimiento en vía interurbana de dicho artículo del Código Penal.

Asimismo, el sistema de permiso por puntos contempla la pérdida de entre 2 y 6 puntos por este tipo de infracción dependiendo del exceso de velocidad cometido.

Desde que se puso en marcha la Ley de Permiso por puntos, más de un 40% de las sanciones y más de un 48% de los puntos detraídos lo han sido por exceso de velocidad.