En la vuelta a la normalidad, la Policía Local de Sevilla está desplegando efectivos en diferentes puntos de la ciudad para evitar los botellones. Durante la madrugada de este sábado, varios agentes han controlado, entre otras zonas, los espacios de la Alameda de Hércules y Plaza de Armas.

Este domingo a las 00:00 horas finaliza el estado de alarma, por lo que la jornada del domingo la viviremos ya sin las restricciones de movilidad. Andalucía ha aprobado una serie de medidas para regular la «nueva normalidad» a partir de ese momento. Estas son las medidas que tendremos que seguir cumpliendo.

Algunas de las medidas a partir del domingo

El Consejo de Gobierno ha aprobado en sesión extraordinaria la orden de la Consejería de Salud y Familias por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus, orden que se adopta para todo el territorio de la comunidad autónoma y que es de aplicación una vez superado el estado de alarma decretado por el Gobierno central.

En esta orden se establecen las condiciones sanitarias en las que ha de desarrollarse la actividad social y económica a partir del final del estado de alarma y en tanto lo aconsejen las autoridades de Salud Pública. El objetivo de estas medidas es evitar la propagación del virus entre la población, y su cumplimiento es exigible a todos los ciudadanos, en general, y a los titulares de cualquier actividad, en particular.

  • Como norma general en cualquier tipo de actividad, la orden señala que deberá mantenerse la distancia de seguridad interper­sonal de al menos 1,5 metros, tal y como ha quedado establecida por el Real Decreto ley 21/2020 de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19. En caso de no poder asegurarse el mantenimiento de esa distancia mínima, deberán adoptarse medidas alternativas de protección física con uso de mascarilla.
  • Para los establecimientos de hostelería, se dispone un aforo máximo del 75% en el interior y del 100% en terrazas, con una agrupación máxima de 25 personas en ambos casos.
  • Las atracciones de feria autorizadas por los ayuntamientos podrán ocupar la fila de asientos al 50%, con al menos 1,5 metros de distancia entre asientos; las atracciones sin asiento podrán disponer del 50% del aforo con distancia de seguridad, y del 30% del aforo en atracciones sin asientos en los que no se pueda garantizar la distancia de seguridad, pero con mascarilla y desinfección de manos.
  • En los eventos deportivos al aire libre, se establece un aforo máximo del 65%, con un límite de 1.500 personas. En espacios cerrados, el aforo será del 65% como máximo, con un límite 800 personas.
  • Para los velatorios y entierros, el máximo será de 60 personas aire libre y 30 en espacios cerrados. La comitiva máxima será de 75 familiares o allegados, siempre guardando la distancia interpersonal o, en su caso, usando mascarilla.
  • En los lugares de culto no se establece aforo predeterminado, pero se mantiene la garantía de distancia, la obligatoriedad de asiento y el uso de mascarilla.
  • Para los espectáculos taurinos se fija un aforo máximo del 50%, con distancia mínima de seguridad o, en su caso, mascarilla, y la recomendación de indicar butacas preasignadas.
  • En cuanto al uso de playas, la orden remite a las Recomendaciones de Protección de la Salud para la apertura de Zonas y Aguas de Baño en Andalucía relacionadas en el apéndice incorporado al Decreto-ley 12/2020, de 11 de mayo, que establece medidas urgentes y extraordinarias relativas a la seguridad en esto espacios. En cualquier caso, deberá mantenerse la norma general en cuanto a distancia social mínina de 1,5 metros o uso de mascarilla.
  • Asimismo, la orden establece para todos los establecimientos, locales de negocio, instalaciones y espacios de uso público medidas de higie­ne y prevención de carácter general. De esta manera, el titular de la actividad económica o responsable de las instalaciones deberá asegurar que se adoptan las medidas de limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los establecimientos.