Tras la citación de cinco periodistas a declarar por difundir filtraciones del caso Marta, la Asociación de la Prensa expresaba su clara disconformidad calificando como “inadmisible” la decisión tomada por el magistrado. Este manifiesto llevaba a Francisco de Asís Molina a frenar su intención de llamar a declarar a más periodistas.

Miriam Rico/ Agencias. El mediático caso Marta del Castillo se ha colado en todos los hogares españoles. Los periodistas trabajan ‘in extremis’ para ofrecer toda la información novedosa que circula alrededor del caso y que demanda la audiencia, pero en ocasiones esta investigación paralela ‘choca’ con los tribunales de justicia.

Periodistas y jueces llevan a cabo derechos garantes de la democracia. Ambos sectores sociales buscan realizar su trabajo de la forma más brillante posible para satisfacer a la sociedad. Es por ello que a veces la libertad de información se encuentra con barreras judiciales e informaciones secretas que son imposibles publicar.

Volvamos la vista atrás unos días. El pasado 4 de junio cinco periodistas fueron citados por Francisco de Asís Molina, titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Sevilla, a declarar en calidad de testigos para que aclarasen las filtraciones a los medios de comunicación del contenido de las diligencias abiertas por la muerte de Marta del Castillo.

El magistrado ordenó abrir la investigación por solicitud del decano del Colegio de Abogados de Sevilla, José Joaquín Gallardo. Lo que se pretendía era que se dejaran de difundir públicamente el contenido de las actuaciones, fundamentalmente las transcripciones de las conversaciones de los imputados. En este sentido se refería a la publicación en los medios de las charlas mantenidas entre Carcaño y su letrada en la prisión de Morón de la Frontera.

Es por ello que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ubicado en Granada enviaba a los diversos medios de comunicación un auto donde recordaba que la publicidad de las actuaciones sumariales está limitada en fase de instrucción, por lo que los medios serían los responsables de lo publicado. El fin de la resolución judicial era que la investigación y el procedimiento judicial no se viera perjudicado.

Gallardo consideró que la publicación de esas conversaciones «es manifiestamente ilícita y no puede ampararse en el derecho constitucional a transmitir información», ya que, al tratarse de conversaciones reservadas entre abogados y sus clientes, «gozan de un secreto reduplicado, puesto que al secreto propio de todo sumario se une en casos como éste el secreto profesional que conlleva la confidencialidad inherente a toda conversación entre los clientes y sus letrados». 

El decano del Colegio de  Abogados manifestó que las citadas conversaciones carecían de interés informativo y que lo único que en lo único que ayudaban era a acrecentar el morbo de los ciudadanos.

APS: “Los periodistas ejercen libertad de expresión y secreto profesional”

Tras la citación de los periodistas para declarar, la Asociación de la Prensa de Sevilla (APS) consideró “inadmisible” esta actuación debido a que “se les está exigiendo que revelen sus fuentes de información”, hecho al que se negaron amparándose en su derecho al secreto profesional (no revelar sus fuentes de información).

La Asociación opinaba que la práctica emitida por el magistrado Asís Molina lesionaba el derecho fundamental de libertad de expresión, ya que “se presenta como una medida de presión intimidatoria hacia profesionales de los medios de comunicación que realizan su trabajo de forma rigurosa y responsable”.

Además, la APS señaló que en el auto del TSJA del 29 de mayo se “dejaba claro que no pretendía imponer la censura previa, así como su defensa a la libertad de la información”, añadiendo que en los citados términos se pronunció el presidente del TSJA, Augusto Méndez de Lugo, “a requerimiento” de la Asociación.

Es por ello que considera como “excesiva e inoportuna” la citación a periodistas que de forma habitual realizan la información de tribunales en la capital hispalense y que, concretamente, cubren el caso de Marta del Castillo, ya que “se trata de algo inusual en la práctica del periodismo por cuanto vulnera el derecho a la libertad de expresión”.

Finalizan las declaraciones a periodistas

Tras el comunicado emitido por la Asociación de la Prensa de Sevilla el juez que investiga el caso ha decidido a propuesta de ésta que las comparecencias previstas a los periodistas para que éstos revelases sus fuentes en relación con las filtraciones publicadas no se realizaran ante la Policía.

Así pues, el juez y la policía continuarán investigando sobre estas filtraciones, aunque la información requerida a los periodistas se resolverá mediante un trámite por escrito en el que los profesionales de la información harán uso de su derecho al secreto profesional para no revelar sus fuentes de información.

La presidenta de la APS, Nani Carvajal, y la secretaria general, Pilar Suriñach, se entrevistaron el pasado viernes con el juez para hacerle llegar el malestar de la profesión ante la comparecencia de periodistas de diversos medios ante agentes policiales, cinco de las cuales ya se produjeron el jueves y otros dos estaban citados para el próximo lunes.

La conversación entre las responsables de la Asociación de la Prensa de Sevilla y el Juez de Instrucción número 4 de la capital hispalense se desarrolló de forma adecuada, y la APS agradeció la receptividad mostrada tanto por Francisco de Asís Molina como por los responsables policiales de la investigación ante los planteamientos defendidos.

Es por ello que los periodistas no pueden ser acusados de filtraciones proporcionadas, ya que los responsables son aquellos que han transmitido la información secreta. En el caso de que los profesionales de la información hubieran colaborado en encontrar tales afirmaciones sí serían responsables, pero si se las proporcionaron otras fuentes el periodista no debe recibir sanción alguna.

El rechazo manifestado por la APS a las citaciones y comparecencias policiales de periodistas ha recibido numerosas muestras de apoyo por parte de ciudadanos y colectivos profesionales, que entienden estas prácticas «como un atropello de los derechos fundamentales como el de la información y la libertad de expresión».

La libertad de información de los periodistas es un derecho fundamental que garantiza la Constitución Española en su artículo 20, derecho garante de la democracia y que tiene como función informar a los ciudadanos de asuntos veraces y de relevancia pública que acontecen diariamente, generar opinión pública y fomentar el pluralismo político, entre otras garantías.

Es por ello que la APS «espera no tener que volver a lamentar este tipo de prácticas que ponen en cuestión el derecho del periodista a trabajar en libertad».
 

 

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