María Santísima de la Caridad en su Soledad / @HdadBaratillo

La sociedad de juristas 17 de Marzo ha denunciado a la Hermandad del Baratillo ante la Fiscalía de Sevilla. El motivo ha sido la exhibición de un fajín franquista por parte de la Virgen de María Santísima de la Caridad, lo que consideran que es un delito de enaltecimiento de la dictadura.

En concreto, alegan que el hecho de que la imagen luzca dicho fajín por las calles de la capital pueda ser considerado como un delito de enaltecimiento del autor de crímenes de lesa humanidad. Se trata de una prenda regalada por la hija de Franco a la hermandad en el año 2000.

Los juristas se apoyan en el artículo 510.1 c del Código Penal, alegando que, en caso de que procesionase la virgen, el público mostraría devoción hacia un elemento franquista. El artículo indica que «serán castigados con una pena de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses» quienes «públicamente nieguen, trivialicen gravemente o enaltezcan los delitos de genocidio, de lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, o enaltezcan a sus autores, cuando se hubieran cometido contra un grupo o una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia al mismo, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, la situación familiar o la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad, cuando de este modo se promueva o favorezca un clima de violencia, hostilidad, odio o discriminación contra los mismos».

Además, la denuncia hace referencia también a que el hecho iría en contra de la memoria histórica, atendiendo al artículo 32 de la ley 2/2017, de 28 de marzo del Parlamento de Andalucía, como indica Diario de Sevilla.

Los juristas avisan que el hecho de permitir que el fajín permanezca como una prenda de la virgen durante la procesión no podría defenderse desde el derecho constitucional de la libertad de expresión, pues iría igualmente en contra del artículo 510.1 c del Código Penal.