Patinete eléctrico en la vía pública / SC

El Ayuntamiento de Sevilla aprueba en el pleno de este lunes 18 de marzo la normativa de regulación para patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal como monociclos, hoverboards o segways. Los problemas entre peatones, ciclistas y estos nuevos conductores han provocado que el consistorio se haya centrado en renovar una normativa que quedó anticuada con la aparición de estos nuevos vehículos. El documento  ahora será elevado al pleno para su aprobación final y entrará en vigor tras las elecciones municipales.

Esta nueva normativa requerirá la tenencia de autorización municipal para circular los denominados como vehículos autoequilibrados y los patinetes eléctricos sin sillín. Igualmente, siguiendo la normativa europea, los patinetes con sillín se considerarán ciclomotores.

En cuanto a la potencia, los monociclos eléctricos tendrán como límite los 500 vatios, los hoverboards 700 vatios y los segways los 1.000 vatios. De la misma forma, los menores de 15 años no podrán conducirlos a excepción de que cuenten con la compañía de un adulto y usen casco.

Respecto a las zonas de circulación, estos vehículos solo podrán circular por las vías ciclistas. De esta forma, no podrán circular por aceras, zonas peatonales o calzadas. Como excepción, sí podrán hacerlo por calzadas de zona 20 ó 30.

Las velocidades permitidas serán las siguientes: en carriles bici a 15 km/h, en carriles bicis compartidos con peatones a 10 km/h y en zonas 20 ó 30 a 25 km/h.

Cabe destacar que la regulación ha sido consesuada con la propia DGT, según ha declarado el delegado de Movilidad Cabrera.

Finalmente, el propio consistorio ha puesto a disposición un documento para la consulta de esta regulación que cualquier usuario puede consultar. Visita este enlace para hacerlo: Documento regulación.