Ángel Boza /SA
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El pasado 25 de septiembre, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado contra la resolución en la que el juez de Instrucción número 16 ratificó la prisión provisional

El juez de Instrucción número 16 de Sevilla ha acordado la apertura de juicio oral contra el miembro de La Manada acusado de robar unas gafas de sol el día 1 de agosto en un establecimiento comercial de la capital hispalense, hechos por los que el investigado se encuentra actualmente en prisión provisional.

En un auto fechado el día 20 de septiembre, el magistrado abre juicio oral por los delitos de robo con violencia e intimidación de los artículos 237 y 242.1 y 3 y lesiones del artículo 147.2 del Código Penal.

En este sentido, el juez instructor declara órgano competente para el conocimiento y fallo de la presente causa al Juzgado de lo Penal de Sevilla que por turno corresponda.

En el auto, el magistrado ratifica la medida cautelar de prisión acordada mediante auto de 2 de agosto, y ello “no habiendo variado las circunstancias que determinaron en su momento” el establecimiento de dicha medida cautelar.

Además, requiere al acusado para que, en el plazo de un día, preste fianza en cantidad de 594,32 euros “para asegurar las responsabilidades pecuniarias que, en definitiva, pudieran imponérsele, en cualquiera de las clases señaladas en los artículos 591 y 784.5 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, con el apercibimiento de que de no prestarla se le embargarán bienes en cantidad suficiente para asegurar la suma señalada”.

En su escrito de acusación, la Fiscalía de Sevilla solicita para el acusado cuatro años de cárcel por un delito de robo con violencia e intimidación y el pago de una multa de 300 euros por un delito leve de lesiones, así como que, en concepto de responsabilidad civil, pague una indemnización de 232 euros a un vigilante que resultó lesionado.

El pasado 25 de septiembre, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado contra la resolución en la que el juez de Instrucción número 16 ratificó la prisión provisional, comunicada y sin fianza del investigado acordada por auto de 1 de agosto.

El tribunal pone de manifiesto en este auto que, “de la investigación llevada a efecto por la Policía y la investigación judicial, existe base sólida suficiente para constatar la existencia de indicios racionales de la comisión” por parte del acusado de un delito de robo con violencia y un delito leve de lesiones, una “tesis mantenida por la Fiscalía al formular escrito de acusación y por el Juzgado de Instrucción”.

De este modo, la Sección Tercera de la Audiencia tiene en cuenta para ratificar la situación de prisión provisional del investigado “la naturaleza y gravedad del delito, la existencia de indicios racionales” contra el acusado y “la pena con que se le conmina (4 años de prisión, según escrito de acusación ya formulado por el Ministerio Fiscal), que pudiera condicionar la decisión de sustraerse a la acción de la justicia”.

Asimismo, el tribunal valora que la celebración de la vista “será en fecha próxima”, en cuyo caso “
habrá que garantizar la presencia en juicio del acusado para posibilitar un proceso sin dilaciones”, así como “la posibilidad de reiteración delictiva”, ya que el acusado “ha sido condenado por delitos de fecha comisión 23 de mayo de 2014 y 1 de febrero de 2016”.

Por todo ello, la Audiencia considera que la medida de privación de libertad, “en estos momentos, es adecuada y proporcional”, todo ello, según subraya, “en atención a la gravedad del hecho (robo con violencia), pena solicitada (4 años de prisión), indicios racionales que constatan la participación del acusado-apelante, fase del procedimiento y el riesgo de reiteración delictiva”, ya que “condenas anteriores no lograron evitar nueva conducta delictiva”.