Juzgados de Sevilla
Audiencia Provincial de Sevilla / SA

La defensa del principal acusado ha modificado el relato de los hechos recogido en su escrito de calificación provisional pidiendo que sea condenado pro un delito de homicidio imprudente o de homicidio con dolo.

La defensa de uno de los tres acusados de asesinar en julio de 2016 a un vecino de Sevilla cuyo cadáver fue descubierto dentro del maletero de su propio coche tras haber sido incendiado el mismo, ha modificado el relato de los hechos recogido en su escrito de calificación provisional en la sesión de este viernes del juicio con jurado en la Audiencia Provincial, pidiendo tras esto que sea condenado por un delito de homicidio imprudente o, de forma alternativa, por un delito de homicidio con dolo.

En la sesión de este viernes del juicio con jurado, y tras la declaración del último agente policial como testigo, las partes han expuesto sus conclusiones. Así, el representante del Ministerio Fiscal ha elevado a definitivas sus conclusiones, en las que reclama 36 años de cárcel para cada uno de los acusados por presuntos delitos de detención ilegal, robo con violencia, asesinato y daños, mientras la acusación particular solicita además cinco meses más de prisión por un delito de profanación de cadáver.

Según el escrito de calificaciones de la Fiscalía, todo giraría en torno a una deuda contraída por la víctima del crimen con el dueño del taller mecánico para el que trabajaba en el barrio hispalense de Rochelambert.

Merced a dicha deuda, el propietario del taller habría reclamado «reiteradamente» el abono del dinero, decidiendo finalmente «cobrarlo utilizando la violencia». Así, según la Fiscalía, el propietario, se «concertó» con los otros dos acusados y todos habrían tendido una trampa a la víctima mortal del crimen, haciéndola llegar el 5 de julio de 2016 hasta el taller mecánico, donde entre los tres le habrían reducido por la fuerza y le habrían arrebatado dos teléfonos móviles, una tarjeta de crédito y las llaves de su coche.

Una vez amordazado y atada la víctima a una silla, según la Fiscalía, dos de los acusados habrían intentado extraer dinero de su cuenta bancaria mediante la tarjeta de crédito para cobrar la deuda, pero no lo habrían conseguido al no contar con fondos dicha cuenta. En ese contexto, y siempre según el Ministerio Público, el fallecido habría sido golpeado «fuertemente» mientras estaba atado a una silla, incluso con la parte roma de un hacha, muriendo finalmente por «la violencia de los golpes y la asfixia causada por una mordaza», en concreto, el monedero de la víctima.

Al día siguiente, el 6 de julio, los acusados se habrían desecho del cuerpo introduciéndolo en el maletero del coche usado por la propia víctima para acudir al taller, un vehículo que después rociaron con gasolina e incendiaron en un descampado «recóndito» próximo a Alcalá de Guadaíra.

Libre absolución para

Igualmente, la acusación particular también ha elevado a definitivas sus conclusiones, al igual que la defensa de uno de los dos amigos acusados del propietario del taller, que pide su libre absolución, pues, según defiende el letrado del tercer acusado, su cliente «sólo estuvo circunstancialmente» la tarde del 5 de julio en la casa del propietario del taller «no estando la víctima ni retenido ni fallecido» y la abandona tras una discusión con este.

Por contra, dos de las defensas de los acusados las han modificado. Así, Ofelia Liñán, abogada del principal acusado, ha expuesto durante su intervención que ha modificado el relato de los hechos de escrito de calificación, presentando dos alternativos.

En este punto cabe recordar que su cliente durante su declaración en el juicio no ratificó sus declaraciones en fase de instrucción y varió su versión de los hechos, detallando que el 5 de julio de 2016 estaba en su vivienda con el fallecido y los otros dos acusados y todos ellos estaban «tomando cocaína», cannabis y alcohol.

Entonces tuvo un altercado con uno de los acusados y le expulsó de la vivienda porque quería más cocaína, tras lo cual este subió «al chill out» de la casa porque él quería tener un momento a solas con la víctima para hablar de un asunto pendiente entre ambos. Ya solos en la escena, según su relato, y mientras continuaban tomando «rayas y copas», le reclamó 15.000 euros derivados de una «estafa» de la que habría sido víctima, a manos de una «banda de nigerianos» de la que la víctima era el supuesto «cabecilla».

Ante la reclamación del dinero, según el propietario del taller, el supuesto cabecilla de la banda que lo estafó «harto de coca y de beber», se habría abalanzado hacia él y le habría atacado lanzándole «un cenicero, un cuchillo samurai y una columna» de un equipo de música mientras «chillaba». Para repeler la agresión, este acusado ha defendido que, estando «bajo los efectos de las drogas y el alcohol, consiguió «tapar la boca» al agresor, quien «cayó accidentalmente» y habría muerto.

Señaló que por aquel entonces consumía un gramo de cocaína al día y reconoció que después orquestó la quema del cadáver en el coche.

En base a esta declaración, la abogada del principal acusado ha señalado que, esencialmente, modifica el relato de los hechos en el momento de la pelea. Así, ha indicado que estando uno de los otros dos acusados en el chill out de la vivienda escuchó una fuerte discusión entre el propietario del taller y la víctima y un fuerte golpe, fruto de la conversación que estaban manteniendo por la reclamación de la deuda.

En el «enfrentamiento físico mutuo», se lanzaron objetos del mobiliario de la casa contundentes, recibiendo un golpe en la cabeza y «actuando bajo los efectos de la cocaína y sin intención de acabar con la vida de la víctima le mete su monedero en la boca que le causa la asfixia, sin buscarla expresamente».

Al día siguiente, asustado por la situación, mete el cuerpo sin vida en su vehículo, trasladándose a un descampado de Alcalá de Guadaíra para posteriormente prenderle fuego.

Por estos hechos y teniendo en cuenta el consumo de drogas que tenía el acusado en aquella época, que mermaba sus impulsos y capacidad, la defensa solicita sea condenado por un delito de homicidio imprudente, con una pena en grado mínimo, y por otro de daños, con la atenuante de arrebato y la eximente incompleta de drogadicción.

Como relato alternativo, Liñán ha explicado que su cliente, lleno de rabia y bajo los efectos de la cocaína, intenta callar a la víctima presionándole el cuello, introduciendo su monedero en la boca y tapándola con un trapo, lo que le causa la asfixia mecánica que provoca la muerte».

En este sentido, solicita para su cliente un delito de homicidio con dolo eventual y otro de daños, con la atenuante de arrebato y la eximente incompleta de drogadicción.

Un delito de denegación de auxilio para otro de los acusados

De otro lado, Agustín de la Cruz, que ejerce la defensa de otro de los acusados, también ha modificado su relato de los hechos, en cuanto que a su cliente estuvo en la casa del propietario del taller la tarde del día 5, no viendo a la víctima «ni amarrado ni inconsciente», y la abandona junto al tercer acusado tras la discusión de éste con el principal acusado.

Pero, ante la petición del regente del taller de que no le deje solo con la víctima, vuelve a la casa, donde estuvo consumiendo droga y alcohol en el chill out mientras el primero y la víctima discutían por el pago de la deuda en una planta inferior de la vivienda.

«Escuchó una fuerte discusión y golpes, bajo y ayudó a mover el cadáver, echando la cabeza de éste sobre su pecho, de ahí la mancha de sangre en su ropa». Al día siguiente, según el abogado, volvió a la casa para limpiarla. Por ello, solicita para él el delito de denegación de auxilio a la víctima.