El equipo de inspección de la Dirección General de Ordenación del Territorio de la Consejería de Fomento, acompañado de Agentes de la Policía Autonómica, ha detenido la parcelación ilegal de un terreno de naturaleza rústica en Dos Hermanas, colindante a la línea férrea que atraviesa el término municipal nazareno, que se estaba vendiendo por parcelas para la construcción ilegal de viviendas.

Los inspectores se personaron el pasado 14 de noviembre en dicha zona y pudieron comprobar las obras de urbanización, la dotación de agua, de suministro eléctrico y la  división de las parcelas en 91 lotes de forma irregular. De hecho, todas las parcelas contaban ya con agua y electricidad suministradas de forma ilegal por las personas que ejercían el papel de urbanizadores.

Esta división en lotes nace de una parcela matriz que se encuentra dividida en dos grandes subparcelas, de 5,9 y 6,5 hectáreas de superficie aproximada cada una, valladas y separadas por un camino común de acceso a ambas. La primera subparcela presenta a su vez más de un centenar de lotes urbanizados en 2021 y colmatados por edificaciones varias que ya fueron denunciadas con anterioridad por la inspección de Urbanismo de la Junta.

Durante la visita de los inspectores se levantaron cuatro actas a personas que estaban trabajando en la delimitación de nuevos lotes por cuenta de los adquirentes de los mismos y de la información recabada se presume que las porciones de terrenos ya han sido vendidas a terceros.

Entre 20.000 y 130.000 euros de multa

La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda ultima las actuaciones de investigación previas en materia de disciplina territorial dada la envergadura de las infracciones territoriales y urbanísticas detectadas. La nueva Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA) califica la parcelación urbanística como infracción territorial muy grave y prevé en su artículo 162 multas de entre 20.000 y 130.000 euros salvo que el importe del valor de las obras ejecutadas o de los terrenos afectados o de los daños causados a los bienes protegidos sea superior, en cuyo caso, la multa podrá alcanzar hasta el 150 por ciento de dichos valores.

Además, la lista, en caso de parcelaciones sin título habilitante, prevé la responsabilidad no solo de la persona propietaria inicial de los terrenos, sino también quienes, en el ejercicio de sus profesiones, cooperen con un acto sin el cual no se habría efectuado, así como los adquirentes, en proporción a la asignación de uso, cuota o participación adquirida.