El Juzgado de lo Social número 2 de Sevilla ha estimado la demanda presentada por el sindicato y ha dictaminado que el Ayuntamiento alcalareño ha atentado “al derecho fundamental a la Libertad Sindical”.

Por tanto, el juzgado ha declarado “nula y sin efecto” la orden de trasladar a un representante sindical de CCOO. El trabajador deberá ser indemnizado con 6.251 euros y devuelto a su puesto de trabajo. La sentencia certifica que el “traslado responde a la condición de representante legal y miembro del Comité de Empresa del trabajador y es, por tanto, atentatoria de su libertad sindical”. Según la nota emitida por el sindicato, es la sexta vez desde el año 2005 en la que los gobiernos de Antonio Gutiérrez Limones en Alcalá de Guadaíra son condenados por vulnerar los derechos fundamentales de trabajadoras y trabajadores.

La Sección Sindical de CCOO en el Ayuntamiento alcalareño ha asegurado que la sentencia 140/2015 certifica que el “traslado responde a la condición de representante legal y miembro del Comité de Empresa del trabajador y es, por tanto, atentatoria de su libertad sindical”, sin que el Ayuntamiento acredite la “racionabilidad de la medida” cuando este traslado se produce “sin proceder al sistema de concurso, que es el establecido para estos casos”.

El fallo requiere al Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra para que, de manera inmediata, “reponga al trabajador al puesto de trabajo que ocupaba” y lo condena a “abonar al trabajador la cantidad 6.251 euros a fin de reparar los daños morales causados”.

Según informa la Sección Sindical de CCOO, “se trata de la sexta sentencia desde el año 2005, por las que los sucesivos gobiernos municipales de Gutiérrez Limones, una y otra vez, vienen siendo condenados por vulneración de los derechos fundamentales de los trabajadores”.

En este mismo mandato y ante demanda de la Junta de Personal Funcionario, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 5 también anuló el acuerdo adoptado el 16 de noviembre de 2012 por el Pleno del Ayuntamiento con los votos del Grupo Municipal Socialista, “declarando que dicha actuación vulnera el derecho fundamental de libertad sindical del Art. 28 CE” ya que “se considera acreditado que no existió negociación” con anterioridad, siendo además condenada “en costas la Administración demandada”.

José Luis García, delegado de la Sección Sindical de CCOO en el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, ha manifestado que “Limones tiene acreditado a estas altura del partido que constituye un peligro para los derechos fundamentales y las libertades civiles de los alcalareños. Por higiene democrática y por vergüenza se debería ir”. “Produce sonrojo un alcalde y senador socialista cuya política de personal choca una y otra vez con los derechos fundamentales recogidos en la Constitución Española”, sentencia García.