“Existe mayor perturbación del interés general si se impidiera la moción de censura automática para el normal funcionamiento de la Corporación Municipal”, señala la sentencia.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sección Primera con sede en Sevilla, ha rechazado el Recurso de Apelación interpuesto por los concejales del PSOE contra el Auto que denegaba la suspensión cautelar de la moción de censura de Coria del Río, en sentencia de 5 de febrero de 2014.

“Existe mayor perturbación del interés general si se impidiera la moción de censura automática prevista en la ley, al ser lo normal de un sistema democrático, siendo menos perturbable para los intereses generales y para el normal funcionamiento de la Corporación Municipal que la moción de censura aprobada por la mayoría absoluta se mantenga”, señala la sentencia.

Y continúa: “si como aprecia el Juez y comparte la Sala no concurren los presupuestos de periculum in mora ni el fumus boni iuris, el interés general representado por la ejecutividad del acto y su finalidad debe prevalecer sobre el de los actores que están en minoría, que no han acreditado perjuicios irreparables, y la no adopción de la medida no les impide su legítimo derecho al ejercicio público de concejal del artículo 23.2 de la Constitución, ahora desde la oposición”. Además, los ediles del PSOE deberán pagar las costas, que se valoran en 600 euros.

El Gobierno municipal de Coria del Río ha mostrado su absoluto respeto a esta decisión judicial, “indicando únicamente que seguimos trabajando desde el ejecutivo local por nuestro camino, mientras otros no dudan en inventarse juicios y resoluciones judiciales sin dar un palo al agua, aun cobrando del erario público”.

“Si la juez Alaya pide expedientes, se los damos al momento, si hay que ir a declarar para aclarar subvenciones mal empleadas, allí estamos, pero eso nos ocupa el tiempo justo, no todos los días del año como al PSOE”, señalan fuentes municipales.

Mientras tanto, este viernes tendrá lugar la declaración de los testigos ante el juez por la moción de censura que se produjo en el Ayuntamiento de Coria del Río el pasado mes de abril. Los cuatro grupos municipales que formaban parte de la oposición en el Ayuntamiento coriano (Partido Andalucista, Partido Popular, Izquierda Unida y Partido Independiente Democrático Coriano) presentaron una moción de censura contra el alcalde José Vicente Franco, PSOE que gobernaba en minoría. Tras la moción, el andalucista Modesto González se erigió como alcalde de la localidad.

Tras producirse, el PSOE anunció que recurriría la moción de censura por considerarla «ilegal» al entender que media una «ilegalidad» derivada de las medidas emprendidas por IU-CA para expulsar a su edil en Coria, Domingo González Barco, de la federación de izquierdas.

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