Audiencia provincial de Sevilla
Audiencia Provincial/ SA

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a 18 años de cárcel al varón acusado de robar y degollar en 2018 al dueño de una tienda en Carmona. Todo ello tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular el pasado día 9 de julio. 

En la sentencia, la Audiencia lo condena a 16 años de prisión por un delito de robo con violencia por degollar a la víctima en su tienda en Carmona, agravado por el empleo de arma blanca. Se le condena, además, a dos años de cárcel por un delito de atentado con la agravante de reincidencia. Se le impone, asimismo, el pago de una indemnización total de 300.000 euros a la familia de la víctima. 

La Audiencia aplica dos atenuantes en los tres delitos. Considera probado que, el día de los hechos, el acusado se encontraba en estado de intoxicación por el consumo de drogas. Ello «limitaba levemente sus capacidades intelectivas y volitivas sin impedirle conocer el alcance de sus actos». Además, prueban que padece un trastorno de personalidad de tipo antisocial, un trastorno adaptativo y un trastorno por uso de sustancias, que merman su capacidad volitiva en grado leve. 

Robo de las botellas

Tal y como recoge la sentencia, el jurado consideró probado que el 19 de mayo de 2018 el acusado acudió a la vivienda de su madre con la finalidad de que le diese dinero para adquirir drogas. Seguidamente, y yendo con su hermana en un vehículo, el condenado le pidió que parara en el establecimiento del fallecido para adquirir una botella de cerveza y otra de anís. De este modo, sobre las 20:30 horas, accedió al local regentado por la víctima, que en ese momento se encontraba dentro, con la intención de hacerse con las dos botellas referidas. Estas fueron proporcionadas por el dueño, aprovechando el acusado que éste le dio la espalda para coger la bolsa con las botellas y salir del local sin abonarlas. 

Seis cuchilladas en cabeza y cuello 

De manera inmediata, la víctima salió tras el acusado hasta darle alcance a pocos metros ya en la calle, iniciándose entre ambos una breve discusión. En ella, el dueño del establecimiento le recriminaba su conducta y en el curso de la cual ambos forcejearon y tiraron de la bolsa de plástico que contenía las dos botellas. 

El acusado, «de manera súbita e inesperada» para la víctima, sacó un cuchillo que llevaba oculto y le propinó seis cuchilladas en la zona de la cabeza y el cuello. La víctima comenzó a sangrar abundantemente y cayó al suelo tras dar escasos pasos. Falleció sobre las 21:50 horas de ese mismo día a causa de un shock hemorrágico y una insuficiencia respiratoria aguda en el contexto de lesiones vasculares causadas con arma blanca. 

Atrincherado en su vivienda

De su lado, y portando la bolsa con las botellas, el acusado abandonó corriendo el lugar a bordo del coche que le esperaba, que le llevó a su domicilio. Tras ser identificado, agentes de la Guardia Civil se desplazaron esa misma tarde-noche a la vivienda del condenado, donde permaneció atrincherado.

Entre las 03:00 y las 04:00 horas del día 20 de mayo, el investigado arrojó desde el rellano de la escalera una botella de vidrio llena de gasolina y provista de una mecha en llama al lugar donde se encontraban los agentes.  

La Audiencia precisa que, en el delito de asesinato, concurre la alevosía «a la vista de la secuencia fáctica que el Tribunal del Jurado dio por probada», en la que «se describe un ataque inopinado, ejecutado con la ventaja añadida que proporciona al agresor un instrumento de la letalidad de un arma blanca, con la que se acuchilla de forma repetida» a la víctima, de forma que «no existe posibilidad alguna de defensa» y «cualquier capacidad de reacción está de antemano anulada por la sorpresa con la que el ataque se desencadena y por la inferioridad en la que se sitúa a la víctima».