Audiencia provincial de Sevilla
Audiencia Provincial/ SA

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a quince años y tres meses de cárcel al varón acusado de matar en octubre del año 2018 a un hombre en la localidad de Écija tras dispararle con una escopeta para la que carecía de licencia, mientras que otros tres miembros de la familia de este investigado han sido condenados a penas de entre dos años y medio y cuatro años de prisión por delitos de amenazas, tenencia ilícita de armas y lesiones con uso de arma, todo ello a consecuencia de unos hechos en los que resultaron lesionados otros seis miembros de la familia de la víctima. 

Tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular, la Audiencia de Sevilla condena a Jesús R.M. a catorce años de cárcel por un delito de homicidio; al pago de una multa total de 5.400 euros y la prohibición durante seis meses de comunicarse o aproximarse a menos de 300 metros de las seis personas que resultaron lesionadas, y a un año y tres meses de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas.

Para establecer estas penas, la Audiencia tiene en cuenta “la gravedad de los hechos ejecutados, que en el caso de la muerte y heridas causadas con la escopeta la consideramos de especial consideración, al haber podido provocar no solo el fallecimiento” de la víctima, “sino de más personas que estaban junto a él y que fueron alcanzadas por los perdigones que contenían los cartuchos detonados y cuya peligrosidad debía conocer al ser uno de los poseedores de dicha arma”.

Asimismo, la Audiencia condena a José Manuel R.P. y Manuel R.M., por un delito de lesiones con uso de arma, a cuatro años de cárcel y la prohibición durante seis años de comunicarse o aproximarse a menos de 300 metros de uno de los lesionados, todo ello “dadas las circunstancias como se desarrollaron los hechos, la utilización de una navaja o arma similar y la forma de ejecución de las heridas, demostrativas de una actuación rayana en un delito de mayor entidad”.

De igual modo, la Audiencia impone al cuarto acusado, José Manuel R.M., un año y tres meses de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas y otro año y tres meses de cárcel y la prohibición durante cuatro años de comunicarse o aproximarse a menos de 300 metros de los seis afectados por un delito de amenazas, y ello en consideración a la utilización de una pistola de fogueo y la afectación a distintas personas.

En concepto de responsabilidad civil, el principal condenado, Jesús R.M., deberá indemnizar a los familiares cercanos de la víctima en la cantidad que se fije en ejecución de sentencia y con un total de 21.312,61 euros a cinco de las personas lesionadas, mientras que, de forma conjunta y solidaria con los otros tres condenados, indemnizará con 2.979 euros al sexto de los agredidos, según establece la Audiencia en la sentencia, fechada el día 12 de noviembre y contra la que cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

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