La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a 18 años de cárcel al hombre acusado de incendiar en marzo de 2017 la vivienda de la hermana del exalcalde de Almadén de la Plata José Luis Vidal cuando se encontraba en el interior del inmueble la propia perjudicada, que entonces era juez de paz en esta localidad.

En la sentencia notificada hoy miércoles a las partes personadas en el procedimiento, el tribunal condena al acusado por un delito de incendio con peligro para la vida de las personas y le impone 18 años de prisión y la prohibición de comunicarse o aproximarse a menos de 500 metros de la víctima durante 19 años, mientras que, en concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la afectada con 20.000 euros por las secuelas psíquicas y con 11.180,40 euros por los daños ocasionados en la vivienda.

Tras el juicio celebrado los pasados días 29 y 30 de septiembre, la Audiencia de Sevilla considera probado que el acusado había sido condenado al cumplimiento de 169 años de cárcel por la comisión de, entre otros, un delito de asesinato; seis delitos de asesinato frustrado y un delito de asesinato en grado de tentativa, anticipándose su excarcelación al acogerse a los beneficios penitenciarios reportados por la derogación de la denominada ‘doctrina Parot’, tras lo cual decidió instalarse en la localidad de Almadén de la Plata.

Según indica el tribunal, ello “provocó malestar” entre la población del municipio, realizándose una concentración por este motivo a lo largo del año 2013, cuando ostentaba el cargo de alcalde de Almadén de la Plata José Luis Vidal, por todo lo cual el acusado “desarrolló una fuerte inquina” tanto hacia éste último, llegando incluso a tener procedimientos penales abiertos en los que fue condenado, como hacia su familia.

“Con ánimo de atentar contra su integridad, roció con gran cantidad de gasolina la puerta, que era de madera en su totalidad y constituía la única vía para entrar o salir de la vivienda, así como las ventanas adyacentes a la misma, también de madera, con persianas de plástico y rejas metálicas que impedían el acceso, procediendo a prender fuego a la sustancia esparcida” y abandonando el lugar a continuación, relata el tribunal en la sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Así, y pese a que la Sección Tercera de la Audiencia no ha dispuesto de testimonios de personas que presenciaran directamente que el encausado fue el autor del incendio, sí existen pruebas indiciarias “que acreditan” dicha autoría y que apuntan a que efectivamente, se encontraba en la localidad y no en Martorell en el momento de los hechos.

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