Audiencia provincial de Sevilla
Audiencia Provincial/ SA

La Audiencia Provincial ha dondenado al acusado a un año y diez meses de cárcel por la muerte de un hombre en Gerena con quien mantenía o había mantenido una relación sentimental.

El jurado ha considerado probado que la muerte se produjo a causa de un golpe propinado por el acusado, en medio de una pelea, a la víctima, pero no que hubiese intención de causarle la muerte, y ha considerado atenuante el estado de embriaguez del acusado.

Se trata de una «imprudencia grave», al fallecer la víctima por el golpe recibido al caer al suelo tras ser golpeado por el acusado. Deberá abonar a la hermana del fallecido 15.000 euros, aunque no cumplirá más condena de prisión al llevar en prisión preventiva cerca de dos años.

La Fiscalía pedía 14 años de cárcel

En su escrito de acusación, el Ministerio Público reclamaba para el acusado catorce años de prisión y siete años de libertad vigilada por un delito de homicidio con la agravante de parentesco, así como que indemnizase con un total de 48.000 euros a la familia de la víctima.

Así, la Fiscalía relataba en su escrito que el acusado mantenía “una estrecha relación” con el fallecido, para el que había trabajado como interno en su casa realizando diversas labores domésticas desde al menos el año 2016 hasta alrededor del mes de agosto de 2018, fecha en la que el procesado pasó a vivir en el domicilio de su exesposa en la capital hispalense a fin de ocuparse del hijo que ambos tienen en común.

En este sentido, el Ministerio Público añadía que, desde dicha fecha, el acusado se trasladaba “ocasionalmente” al domicilio de la víctima en Gerena a fin de acompañarle y auxiliarle en diversas tareas, recibiendo una retribución por ello, señalando que, durante los periodos de convivencia entre ambos, “eran frecuentes las discusiones”, existiendo “periodos de ruptura de relaciones, que con el tiempo se transformaron en una relación sentimental de pareja, hasta que se perdonaban y retomaban su relación”.