Manuel Ruiz Lucas ha sido condenado a cuatro años y tres meses de inhabilitación.

Una sentencia del juzgado penal 8 de Sevilla dice que en el terreno se han ido instalando desde 1976 edificaciones «de toda índole, sin que se conozca exactamente su número, desde pequeños chamizos a caravanas y chalés de lujo«, junto a líneas de teléfono, eléctricas, vallados y caminos que han degradado la zona hasta haber perdido toda su «naturaleza forestal».

Ruiz Lucas, dice la juez, era consciente de la ilegalidad de la situación pero le dio una «apariencia de legalidad» mediante la colocación de carteles y decretos de paralización, aunque durante sus 27 años de mandato «no tomó ninguna medida efectiva», y con ello causó «graves consecuencias medioambientales, económicas, penales y psicológicas a los habitantes de la zona».

Pese a la «grave situación» de proliferación de viviendas, no hubo «ninguna actuación del acusado reveladora de la intención de restablecer la legalidad urbanística, pese a ser plenamente conocedor de la misma», según el fallo.

En el 2003 Ruiz Lucas dictó treinta decretos de paralización, en el 2004 35 decretos y 43 en el 2005, precisa la sentencia, si bien añade que todo ello lo hizo para «crear una aparente legalidad», pues «no consta incoado ningún expediente sancionador o de demolición».

Las Minas, situada en la Sierra Norte de Sevilla, es una de las zonas más degradadas de la provincia y la condena a su exalcalde se ha producido después de numerosas sentencias penales contra los propietarios que construyeron en la zona, que en muchas ocasiones han sido condenados además a demoler, a su costa, los chalés ilegales y a restablecer el terreno a su estado original.

La sentencia considera que Ruiz Lucas -que dejó en cargo en 2007- «hizo una dejación de funciones» de forma «deliberada y consciente, permitiendo la construcción indiscriminada en zona no urbanizable«, y dando lugar a la «consolidación de una ilegalidad administrativa y penal en el ámbito urbanístico».

La sentencia condena a Ruiz Lucas por un delito de prevaricación administrativa, con la atenuante de dilaciones indebidas, y le absuelve de un delito de omisión del deber de perseguir delitos y otro de exacciones ilegales que le imputó el fiscal y que le permitió situar su petición inicial en diez años de inhabilitación.

En Las Minas, según la sentencia, se ha construido «mucho y mal», con una distribución urbanística «de forma anárquica» que ahora imposibilita la debida urbanización «al ser imposible el establecimiento de los distintos servicios».

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