Imagen del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía / SA

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a un padre que se enfrentó a 15 años de cárcel por violar durante varios meses a su hija en Alcalá de Guadaíra. El motivo de la absolución ha sido la prescripción del delito.

El TSJA cree que la víctima incurrió en “contradicciones y declaraciones harto confusas” sobre la fecha en que terminaron las violaciones, por lo que ha declarado prescrito el delito de agresión sexual que fue denunciado el 30 de diciembre de 2015.

Las violaciones terminaron en 1995 o 1996, por lo que cuando se denunciaron, ya había transcurrido el plazo legal de prescripción de 20 años. La Audiencia consideró el relato de la víctima como «absolutamente creíble» y justificó su retraso en denunciar por el impacto emocional sufrido. El TSJA también cree «evidente que los 19 o 20 años transcurridos hasta la presentación de la querella pueden explicar esa confusión», pero explica que es  “rigurosamente imposible resolver esa contradicción a favor de uno u otro dato”.

Según el TSJA, la denunciante «mantiene a la vez dos afirmaciones que son absolutamente incompatibles entre sí». La primera sería que los hechos concluyeron cuando todavía tenía 16 años y la segunda, que las violaciones se desarrollaron entre el verano de 1996 y finales de este año, cuando tenía 17 años.