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La compañía aérea, según la Unión de Consumidores, “intenta zafarse de la justicia mediante torticeras impugnaciones tras las exitosas sentencias obtenidas por UCA-UCE en defensa de sus socios”.

Este miércoles, la Unión de Consumidores de Andalucía (UCA-UCE), ha denunciado “los reiterados incumplimientos de compañías aéreas como Vueling del Reglamento Europeo, por el que se establecen compensaciones y asistencia a los pasajeros en casos de gran retraso”.

Esta situación, según aseguran desde UCA-UCE, ha llevado al organismo “al uso de la vía judicial para hacer efectivos los derechos de los usuarios del transporte aéreo”.

En este sentido, comienzan a ser “normales” exitosas sentencias en las que se estiman las demandas planteadas por UCA-UCE en defensa de sus socios y que condenan a indemnizar a los pasajeros por los perjuicios ocasionados por estos “reiterados y grandes retrasos, tan habituales en compañías como la citada, especialmente desde el inicio de este verano”.

La más reciente de estas sentencias es la que UCA-UCE obtenía tras haber sido parte actora en defensa de un asociado que ejercitaba acción en reclamación de cantidad por el retraso de una vuelo Sevilla-Roma operado por esa compañía y que tuvo un “gran retraso”, ocasionándole dicha demora al pasajero una serie de daños y perjuicios diversos.

«Vueling debió cumplir con el Reglamento Europeo»

Ahora y, en una nueva vuelta de tuerca, a través de “más que cuestionables e incorrectas impugnaciones” -orientadas a retardar el cumplimiento de sus obligaciones- UCA-UCE afirma que “Vueling está procediendo a impugnar las minutas de honorarios del abogado y procurador de este caso argumentado que esa parte se niega “a correr con unos gastos innecesarios””.

Desde la asociación aseguran que “lo que tenían que haber hecho es cumplir con el citado Reglamento Europeo, sin obligar a los afectados a acudir a los tribunales, de la mano de UCA-UCE, como última vía para hacer valer sus derechos”. 

La “torticera” actitud de la compañía se traduce en estas cuestionables impugnaciones, algo que evidencia “su actitud de rebeldía constante” en el respeto a los derechos que asisten a los pasajeros, tanto con relación a los perjuicios causados por sus incumplimientos, como respecto a las legítimas opciones que estos elijan para articular su mejor defensa.