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El ‘spot’ muestra a una mujer joven y voluptuosa en bikini que seduce a un hombre mayor con sobrepeso para quedarse con su coche, bajo el lema ‘A España le encantan los alemanes’.

Facua-Consumidores en Acción ha trasladado a la Fiscalía de Valencia un anuncio en vídeo machista de la empresa de alquiler de vehículos Sixt para que la incluya en su investigación sobre otra campaña similar y su posible vulneración de la Ley General de Publicidad en relación con la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Este organismo abrió diligencias preprocesales civiles a la empresa el pasado 6 de mayo.

El anuncio, difundido a través de los medios de comunicación audiovisuales y redes sociales, muestra a una mujer joven y voluptuosa en bikini que seduce a un hombre mayor, con sobrepeso y poco agraciado físicamente para quedarse con su coche, bajo el lema A España le encantan los alemanes.

Facua considera que el mencionado anuncio es denigrante y vejatorio para las mujeres e incumple la Ley General de Publicidad, la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de hombres y mujeres.

La asociación valora positivamente que la Fiscalía haya decidido investigar a la empresa por otra campaña de publicidad machista sin que medie una denuncia específica y siguiendo la misión de «promover la acción de la justicia como garante de la legalidad, los derechos de los ciudadanos y el interés público tutelado por la ley», tal y como indica en un comunicado hecho público sobre la apertura de diligencias y es en relación con dicha investigación por lo que aporta la nueva campaña de la misma empresa.

En este sentido y dado que la empresa mantiene activas varias campañas «machistas», Facua espera que la Fiscalía actúe con diligencia y que su investigación permita la apertura del proceso judicial correspondiente por estos anuncios. La impunidad de comportamientos como el denunciado de Sixt hace que otras empresas utilicen publicidades vejatorias para un sector de la población.

En el escrito remitido a la Fiscalía, Facua argumenta que el contenido del anuncio vulnera la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, que en su artículo 3 señala como ilícita la «publicidad que atente contra la dignidad de la persona». La norma añade que «se entenderán incluidos en la previsión anterior los anuncios que presenten a las mujeres de forma vejatoria o discriminatoria, bien utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar, bien su imagen asociada a comportamientos estereotipados».

Asimismo, el anuncio contraviene el artículo 10 de la Ley 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género que en lo relativa al ámbito de la publicidad y de los medios de comunicación señala que «se considerará ilícita la publicidad que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio o discriminatorio».

También incumple el artículo 41 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que recoge que «la publicidad que comporte una conducta discriminatoria de acuerdo con esta Ley se considerará publicidad ilícita».