El Ayuntamiento, en cumplimiento del decreto de la Junta de Andalucía, ha comunicado la finalización de actividades y el cierre de instalaciones municipales a las 22.00 horas, la suspensión de los mercadillos de comercio ambulante y la limitación de la actividad deportiva.

El comité municipal de seguimiento ante la crisis sanitaria por la COVID 19 ha acordado hoy la aprobación de una resolución para la aplicación de distintas medidas de competencia municipal en consonancia con la orden aprobada por la Consejería de Salud y Familias en los decretos del 14 y el 23 de octubre de aplicación en el término municipal de Sevilla. Estas decisiones se enmarcan dentro de la activación por parte del alcalde de Sevilla, Juan Espadas, del Plan de Emergencias Municipal de la ciudad de Sevilla en su nivel 1 por segunda vez en la historia reciente de la administración.

Las medidas incluidas en esta resolución tienen como objetivo aplicar la normativa autonómica de la autoridad sanitaria competente y reforzar la colaboración del Ayuntamiento de Sevilla para la contención de la pandemia y el establecimiento de las medidas necesarias para su contención dada la incidencia de contagios en la ciudad que a día 22 de octubre asciende a 370,8 por cada 100.000 habitantes.

En primer lugar, el Ayuntamiento de Sevilla establece que cualquier actividad o evento organizado por la administración o con su colaboración deberá finalizar antes de las 22.00 horas. Del mismo modo, no habrá actividad y, por tanto, quedarán cerrados a partir de esa hora todos los espacios e instalaciones municipales salvo aquellos en los que se desarrollen servicios esenciales. En todos estos equipamientos, además, durante la jornada no se podrá superar el 50% de aforo y se reforzarán todos los servicios de prevención y seguridad. En cuanto a los parques, permanecerán abiertos hasta las 21.00 horas aunque estará prohibida cualquier actividad en su interior y los parques infantiles permanecerán clausurados. 

De acuerdo con lo establecido en las órdenes de la Consejería de Salud y Familias de 23 de octubre en Sevilla quedan suspendidos todos los mercadillos de comercio ambulante. En cuanto a las bodas que se celebran en el Ayuntamiento, se establece un número máximo de participantes en las mismas de 30 personas y siempre garantizando una distancia entre ellos de 1,5 metros.

En cuanto a las instalaciones deportivas sean de gestión directa o indirecta se aplica de forma inmediata el contenido de la orden  de la Consejería de Salud y Familias de 23 de octubre con incidencia en el término municipal de Sevilla. De esta forma, no se superará el 50% del aforo permitido y la práctica no federada se limitará a grupos máximos de seis personas. Estos podrán compartir una misma instalación con otros grupos iguales pero siempre que se garantice en todo momento una distancia de tres metros. El IMD ultima un protocolo específico para la aplicación de esta medida aprobada por la Junta de Andalucía.