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Consumo revisará la publicidad comercial para evitar prácticas engañosas o fraudulentas, a través de más de 400 controles para verificar el cumplimiento de la normativa aplicable.

La Junta de Andalucía, a través de la Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud y Familias, está desarrollando su campaña anual de inspección para verificar el cumplimiento de la normativa de protección de las personas consumidoras y usuarias en el sector de la publicidad comercial. El objetivo de esta actuación es realizar un adecuado y efectivo control en este ámbito que contribuya a mejorar la calidad de la información que se ofrece a la ciudadanía, las ofertas en los bienes y la prestación de los servicios.

Además, se realiza una especial vigilancia frente a las prácticas comerciales desleales, revisando entre otras cuestiones la disponibilidad de existencias de productos ofertados y la obligación de indicar el precio final completo de los productos y servicios, con impuestos incluidos. Asimismo, se comprueba el uso de mecanismos o fórmulas comerciales que puedan inducir a engaño a las personas consumidoras o usuarias, revisando cuestiones como el tamaño de las letras de algunas cláusulas relevantes en el proceso de venta, la correcta publicidad de garantías, la publicidad de créditos al consumo, etc.

Los controles están siendo realizados por el personal inspector de los distintos servicios provinciales de consumo, que tienen previsto llevar a cabo hasta final de año al menos 400 actuaciones de control, distribuidas entre empresas cuya publicidad tenga ámbito local o provincial, y empresas en que la misma tenga ámbito regional o nacional. Se analizan para ello todo tipo de soportes publicitarios, como folletos, anuncios en prensa, radio, televisión o internet, cartelería en establecimientos, etc.

La campaña se desarrolla en el marco del Plan de Inspección de Consumo 2020, que, tras los ajustes realizados con motivo de las restricciones derivadas del Covid-19, comprende un total de 23 campañas que supondrán aproximadamente 5.600 actuaciones de control dirigidas a garantizar y reforzar la protección de los derechos de las personas consumidoras y asegurar que los productos y servicios que están a la venta cumplen los requisitos de seguridad y calidad que exige la normativa vigente.

Recomendaciones

En primer lugar, desde Consumo se recomienda no dejarse llevar o presionar por una publicidad agresiva, meditando y tomando la decisión de compra o adquisición de manera consciente y libre. Asimismo, se recuerda la importancia de conservar toda la documentación publicitaria del producto o servicio, como folletos, catálogos, páginas web impresas, etc. La publicidad vincula a la entidad que la ha anunciado y tiene carácter contractual, por lo que la documentación que se conserve será muy útil como valor probatorio ante posibles reclamaciones.

También se debe prestar especial atención a productos o servicios que se ofrezcan en promoción o se publiciten ofreciendo regalos, leyendo atentamente las condiciones de la oferta, y desconfiando de los productos ofrecidos a precios demasiado bajos. Asimismo, se recuerda que en el periodo temporal para el que se anuncie la oferta o promoción, la entidad vendedora debe contar con existencias suficientes. Si no fuera así, se contará con el derecho a que se entregue el mismo producto o uno de características similares sin demoras justificadas.

Por último, desde Consumo se insta a las personas que detecten conductas empresariales que resulten engañosas, desleales o agresivas, a que lo pongan en conocimiento de la Administración a través de la pertinente denuncia, para que se puedan investigar los hechos y tomar las medidas oportunas. En este caso, si la persona afectada quiere además pedir una restitución, reparación o indemnización, la rescisión de un contrato, anulación de una deuda o realización de una prestación a la que cree tener derecho, puede interponer ante la empresa una hoja oficial de quejas y reclamaciones para explicar la situación y aclarar su pretensión.

Campaña 2019

En la campaña de inspección ejecutada en 2019 se realizaron 117 actuaciones inspectoras, en un total de 112 establecimientos, siendo el número de actas positivas de 19, lo que supone un 16% del total. El mayor porcentaje de incumplimientos se produjo en folletos publicitarios, seguido por publicidad en prensa escrita y televisión.

Respecto a los resultados concretos obtenidos, el mayor porcentaje de incumplimientos se observa en que no se cumple con la normativa vigente referente a la información que la oferta comercial debe indicar, destacando: no ser veraces las referencias o menciones al organismo independiente de autorregulación de la industria publicitaria en España (Autocontrol) o a algún tipo de sello de confianza, código de conducta, distintivos de calidad, acreditación pública o privada independiente, resolución de conflictos, etcétera.

También se han detectado irregularidades en cuanto al incumplimiento de lo previsto en materia de garantías cuando en la publicidad se hace referencia a ésta; no disponer de existencias de lo ofertado; no facilitar la reserva del producto agotado en las mismas condiciones promocionadas o no informar del derecho a hacer dicha reserva; y no incluir las ofertas comerciales información mínima exigida por la Ley sobre las características del bien o servicio y su precio, si no se desprende ya claramente del contexto.