Una Orden publicada este vienes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), ha recogido la extensión de esta medida de restricción temporal adoptada el pasado 17 de marzo por los miembros del Consejo Europeo. De esta forma, se prorroga la restricción de los viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen hasta el próximo 15 de junio.

Esta Orden entrará en vigor a las 00.00 horas del 16 de mayo y tendrá vigencia hasta las 24.00 horas del 15 de junio sin perjuicio, en su caso, de las eventuales prórrogas que pudiesen acordarse.

Los únicos nacionales de terceros países de la Unión Europa que podrán viajar son los residentes que se dirijan a su lugar de residencia, los titulares de un visado de larga duración expedido por un país miembro al que se dirijan y los trabajadores transfronterizos.

También estarán autorizados a desplazarse los profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que regresen de realizar su labor, el personal dedicado al transporte de mercancías, el personal militar, diplomático o consular y las personas que acrediten causas de fuerza mayor o motivos familiares imperativos.

La Orden publicada también establece que se mantiene el cierre, con carácter temporal, de los puestos terrestres habilitados para la entrada y la salida de España a través de las ciudades de Ceuta y Melilla.

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