Tribunal Supremo / SA

El Tribunal Supremo ratifica este miércoles los criterios establecidos por las Audiencias Provinciales en las revisiones de penas realizadas tras la reforma de la ley «solo sí es sí».

Después de una nueva reunión, el Pleno de la Sala de lo Penal no logró llegar a un acuerdo el martes para establecer una doctrina sobre la ley del Ministerio de Igualdad. En consecuencia, el Tribunal Supremo ha decidido rechazar los recursos presentados por el Fiscal, que buscaban aumentar las penas, excepto en lo que respecta a las penas accesorias de los derechos a la patria potestad, tutela y curatela.

Sin embargo, en uno de los recursos presentados por el fiscal, se detectó un error en la dosimetría por parte de la Audiencia, lo que llevó a corregir la pena al alza por unanimidad. Además, se desestimaron las solicitudes presentadas por los condenados en sus respectivos recursos.

27 de los 29 recursos analizados han sido resueltos por unanimidad

El Pleno del Tribunal Supremo ha resuelto un total de 29 recursos en este caso. De estos, 27 han sido resueltos por unanimidad, uno por mayoría sin anuncio de voto particular y el otro ha provocado un cambio de ponencia.

El magistrado Andrés Palomo, que era ponente del recurso que generó el cambio de ponencia, será reemplazado por el magistrado Leopoldo Puente. Este es el único asunto que contará con votos particulares.

En cuanto a la sentencia, el criterio mayoritario de rechazo del recurso del fiscal ha sido respaldado por el presidente de la Sala, Manuel Marchena, y los magistrados Julián Sánchez Melgar, Juan Ramón Berdugo, Pablo Llarena, Vicente Magro, Carmen Lamela, Eduardo de Porres, Ángel Luis Hurtado, Leopoldo Puente y Javier Hernández. Por otro lado, los magistrados Andrés Palomo, Ana Ferrer, Susana Polo, Andrés Martínez Arrieta y Antonio del Moral suscribirán un voto particular.

Durante este Pleno monográfico, la Sala ha examinado un total de 29 recursos de casación, siete presentados por la Fiscalía y 22 presentados por condenados por delitos sexuales. Estos recursos se refieren a las revisiones realizadas por las Audiencias Provinciales de sentencias de delitos sexuales que ya eran firmes cuando entró en vigor la ley «solo sí es sí».

Recursos resueltos

Hasta ahora, la Sala solo había resuelto recursos de casación presentados contra sentencias que no eran firmes cuando entró en vigor la ley. Específicamente, se habían analizado 75 recursos, de los cuales 28 resultaron en una reducción de penas y 47 sentencias mantuvieron las penas establecidas antes de la reforma.

Los recursos analizados corresponden a revisiones de sentencias realizadas por las Audiencias Provinciales de varias ciudades, entre ellas Madrid (ocho casos), Barcelona (uno), Palma de Mallorca (dos), Bilbao (uno), Soria (uno), Toledo (uno), Guadalajara (uno), Las Palmas (tres), Pontevedra (tres), A Coruña (uno), Valencia (tres), Castellón (uno), Almería (uno) y Cádiz (dos).

Las sentencias resultantes se darán a conocer en los próximos días y, debido a su relevancia, estarán disponibles en una pestaña específica en el sitio web del Tribunal Supremo en poderjudicial.es para su consulta general.