Granja de cerdos / Fada

El Consejo de Ministros de España ha aprobado este martes una propuesta del ministro de Consumo, Alberto Garzón, que consiste en la instalación de cámaras en los mataderos españoles para garantizar el bienestar de los animales y también para aumentar las garantías de los conumidores, tal y como lo explica en sus redes sociales el ministerio que encabeza Garzón. Esta medida ya fue impulsada por Consumo en 2020 junto a la agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.

Los mataderos pequeños tendrán un plazo de dos años para instalar las cámaras. El plazo de los mataderos grandes se reduce a un año. Por otro lado, las cámaras deberán estar apuntando a la zona donde se encuentren los animales. La normativa permitirá establecer herramientas adicionales de control que garanticen que, en todos los mataderos españoles (incluidos los móviles), se minimice el sufrimiento animal, por ejemplo, durante la descarga, el traslado, la estabulación o el aturdimiento de los animales.

Este Real decreto ley convierte a España en el primer país de la Unión Europea en obligar a los mataderos a instalar un sistema de cámara en pos de garantizar el bienestar de los animales. «Se trata de una norma que sitúa a España a la cabeza de Europa en esta materia y que, además de garantizar el bienestar de los animales durante su permanencia en los mataderos, mejora también las garantías de seguridad alimentaria para los consumidores», presumía el ministro de Consumo, Alberto Garzón.

Otros países europeos como Francia, Alemania y Escocia ya cuentan con protocolos similares de vigilancia en mataderos, puesto que la Unión Europea lo permite en su normativa. En España, la normativa comunitaria y estatal regulan de forma estricta los marcos de seguridad alimentaria, bienestar animal y la interrelación entre ambas a través de las autoridades competentes y el Servicio Veterinario Oficial, que son quienes ejercen la vigilancia en las instalaciones de mataderos. Pero, a pesar de la estricta normativa y la vigilancia continua, Consumo constata que se siguen detectando malas prácticas e incumplimientos en relación con el bienestar animal.

Grabación y registro de imágenes

Las cámaras de videovigilancia deberán abarcar las instalaciones en las que se encuentren animales vivos, incluyendo las zonas de descarga, los pasillos de conducción y las zonas donde se proceda a las actividades de aturdimiento y sangrado hasta la muerte de los animales.

Los sistemas de videovigilancia no serán obligatorios en las zonas de espera donde se encuentran los medios de transporte con animales vivos antes del inicio de la descarga, pero las empresas sí deberán llevar un control del tiempo de permanencia de los animales en los vehículos.

En el caso de aves y porcinos, la instalación de las cámaras deberá permitir la grabación del escaldado para poder comprobar que no se someten a esta operación animales que presenten signos de vida.

Los responsables de los mataderos deberán guardar las imágenes captadas por las cámaras relativas a la descarga, alojamiento en los corrales, conducción a la zona de aturdimiento, la sujeción, el aturdimiento y el sangrado hasta la muerte para posibles comprobaciones a posteriori por parte de los correspondientes servicios de control oficial de las CC.AA. También tendrán que asegurar la reproducción, la copia o la transmisión de las mismas a otros dispositivos con igual calidad que la grabación original.

Periodista andaluz. @_manuel_RG_ en Twitter.