El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Proyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como ‘solo sí es sí’. Ha sido propuesta de los ministerios de Igualdad y Justicia y tiene como objetivo la protección integral del derecho a la libertad sexual y la erradicación de todas las violencias sexuales.

La Ley ‘solo sí es sí’ contempla la adopción y puesta en práctica de políticas efectivas, globales y coordinadas entre las distintas administraciones públicas competentes. Estas tratan de garantizar la prevención y la sanción de las violencias sexuales, así como el establecimiento de una respuesta integral especializada para mujeres, niñas y niños, como víctimas principales de todas las formas de violencia sexual.

La norma sitúa a las víctimas en el centro, reforzando las medidas de prevención y sensibilización. Además, también garantiza los mecanismos de reparación y acompañamiento.

Solo sí es sí

Por otra parte, recoge que el consentimiento es un aspecto fundamental sobre el que se configuran los delitos contra la libertad sexual. Opta así por un modelo de consentimiento positivo, inspirado en el Convenio de Estambul.

El modelo, de solo sí es sí, deja claro que el silencio o la pasividad no necesariamente significa consentimiento. Que el no mostrar oposición no puede ser una excusa para actuar en contra de voluntad de la víctima. Además, eleva el estándar de seguridad dejando claro que a la víctima se la protege cuando no consiente en el acto sexual y no solo cuando muestra claramente su oposición. De esta forma, se evita dejar indefensas a aquellas mujeres que, por diferentes razones, no llegan a manifestar su oposición.

Asimismo, la ley elimina la distinción entre abuso y agresión, poniendo igualmente el foco en el consentimiento y no en los medios. Recoge así que, toda conducta sexual realizada sin consentimiento, es agresión sexual.

El delito de violación ya no se reserva solo a los casos que concurren con violencia o intimidación. Se deja claro así que la gravedad del delito se deriva de la falta del consentimiento y no del empleo de determinados medios.

No se opta por la exacerbación punitiva ni por la rebaja de penas, sino por un sistema penológico progresivo y proporcional a la gravedad, disuasorio y efectivo, que dé adecuada respuesta penal a la multiplicidad de circunstancias que puedan concurrir.

Aunque se agrupan en un mismo delito los abusos y las agresiones sexuales, la nueva configuración no supone rebaja ni un incremento de la pena prevista actualmente para estos delitos.

El catálogo de respuestas que recogerá el Código Penal es muy amplio.Desde las agresiones más leves, como pudieran ser los tocamientos en la vía pública, hasta los casos más graves, como la violación. También, los casos en los que la agresión pueda cometerse, por la actuación de dos o más personas, revista un carácter particularmente vejatorio o vaya acompañado de una violencia de extrema gravedad.

De esta manera, el nuevo sistema de progresión penológica permite imponer penas que van desde una multa, hasta prisión de doce a 15 años.

Por lo tanto, cada conducta contra la libertad sexual obtendrá una respuesta penal ajustada a las características concretas. Se refuerza así la taxatividad propia del principio de legalidad penal.

La ley aborda la asistencia integral

Con el texto, se consagra el derecho a la asistencia integral especializada para todas las víctimas de violencia sexual. Esto va con independencia de su orientación sexual, edad, origen racial o étnico así como con independencia de su situación administrativa.

Los derechos que desarrolla esta norma abren así una nueva ruta de atención, seguridad y protección, adecuada a la especificidad que entraña la violencia sexual.

Entre ellos, el derecho a la asistencia integral especializada y accesible para mujeres, niñas y niños. Esto incluye la asistencia integral especializada a mujeres adultas a través de los Centros de Atención 24 horas. También, la asistencia especializada a niños y niñas víctimas de violencias sexuales a través de servicios adecuados a sus necesidades. Estos proveerán de asistencia psicológica, educativa y jurídica.

Además, la asistencia especializada para víctimas de trata y explotación sexual a través de servicios de atención que comprendan asistencia psicológica, atención jurídica y asesoramiento social. Y también el derecho a la atención sanitaria especializada. Por otro lado, el derecho a la asistencia jurídica gratuita y asesoramiento jurídico previo. Además, el derecho a ayudas económicas, sociales y habitacionales o los derechos laborales y de seguridad social. Por último, el derecho a la reparación integral y la restitución económica y moral.

En cuanto a los derechos de reparación integral, destacan dos recursos específicos que se desarrollan en la Ley ‘solo sí es sí’. Estos son los Centros de Atención Integral para víctimas de violencias sexuales y los Children’s House o Barnahus para niños y niñas.

Derecho a la reparación

Las víctimas de violencias sexuales tendrán también derecho a la reparación. Esto se hará a través de una indemnización que evalúe económicamente el daño físico y psicológico, la pérdida de oportunidades educativas o laborales, los daños materiales o la pérdida de ingresos, así como el daño social o el tratamiento terapéutico al que se haya visto sometida. Esta indemnización irá a cargo de la persona que civil o penalmente haya sido la responsable.

Además, las administraciones públicas podrán establecer ayudas complementarias para las víctimas que no encuentren una respuesta adecuada en la red existente de recursos de atención y recuperación. Para ello la AGE y las CCAA recibirán fondos para hacer efectivo ese derecho a la reparación de las víctimas resultantes de la ejecución de bienes decomisados por los jueces y tribunales por delitos previstos en el artículo 127 bis del CP.

Persecución de la industria proxeneta

La ley también incorpora la tercería locativa en un nuevo artículo 187 bis para perseguir a todo aquel que, con ánimo de lucro y de manera habitual, destine un inmueble o local para favorecer la explotación sexual de otra persona. No solo se incluye pena de prisión sino también el cierre del local siguiendo las reglas del artículo 194 del CP.

Con la aprobación de este Proyecto de ley, ‘solo sí es sí’, el Gobierno mantiene un compromiso firme con la ampliación de los derechos y la igualdad efectiva entre hombres y mujeres. España ha ido a la cabeza en materia de igualdad, en la lucha contra la violencia de género. Ahora da un paso más en esta línea con esta norma, integral y garantista, pionera en el mundo.