Pedro Sánchez / Moncloa

El Gobierno ha declarado el estado de alarma para contener el avance del coronavirus, que ya ha provocado 4.209 contagios y 120 fallecidos.

El presidente Pedro Sánchez ha comparecido para anunciar esta decisión del Ejecutivo  después de haber anunciado un paquete de medidas hace unas 24 horas. El Gobierno toma así un cambio de estrategia adoptando medidas proactivas.

¿Qué implica el estado de alarma?

El artículo 116 trata los supuestos en los que es preceptivo aplicar el estado de alarma, el estado de excepción y el estado de sitio cuando se dé concurrencia de circunstancias excepcionales que imposibiliten el mantenimiento de la normalidad mediante los poderes ordinarios.La Ley Orgánica de Estados de Alarma, Excepción y Sitio de 1 de junio de 1981, contiene los elementos necesarios para aplicar medidas especiales en las comunidades autónomas o en el Estado ante emergencias sanitarias. Así, será el Gobierno quien determina mediante decreto acordado en Consejo de Ministros “la duración y los efectos del estado de alarma, que no podrá exceder de quince días”.

Según el artículo 4.B de la ley Orgánica de Estados de Alarma, Excepción y Sitio para acordar la medida se debe producir una circunstancia como “crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves”. La adopción de esta medida permite al Gobierno limitar la libre circulación de personas, con el consiguiente cierre de alguna ciudad o comunidad autónoma, o de todo el país.

El estado de alarma se declaró por primera vez en diciembre de 2010. Fue bajo el mando de José Luis Rodríguez Zapatero, debido al caos aeroportuario causado por una «huelga salvaje» y masiva de controladores aéreos que se negaban a poner fin al boicot. Todos ellos quedaron «movilizados» y bajo las órdenes de la autoridad militar.