Sergio Ramos durante un partido en feudo sevillista / 90Min

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional considera que el uso reiterado de «hijo de puta» en el contexto de un partido de fútbol de gran rivalidad no es algo inocuo y puede provocar reacciones violentas.

De esta forma, ha rechazado el recurso presentado por el Sevilla FC contra el cierre parcial del Estadio Ramón Sánchez-Pizjuan impuesto por la Federación Española de Fútbol (RFEF). Este recurso se impuso  tras los insultos que recibió Sergio Ramos en la vuelta de octavos de final de la Copa del Rey de enero de 2015.

La resolución rechaza todos los motivos alegados por el club sevillista, que fue sancionado con el cierre parcial de la grada Gol Norte. Además  la Federación había considerado responsable al club por no poner las medidas necesarias para evitar manifestaciones como las dirigidas en dicha jornada contra el ahora capitán del Real Madrid.

«Llamar cinco veces a lo largo del partido «hijo de puta» al jugador del Real Madrid (…) encaja perfectamente en el artículo 69. 1.c.) del Código Disciplinario de la RFEF que sanciona las conductas violentas, racistas xenófobas e intolerantes en el fútbol», señala la sentencia.