Docencia MIR / SA

El BOJA publica hoy el nuevo Decreto que regula las medidas que blindan la calidad formativa y garantizan los tiempos de docencia en el sistema sanitario público (MIR).

Este martes se aprobaba en Consejo de Gobierno el Decreto 62/2018, de 6 de marzo, por el que se ordena el sistema de formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud en el Sistema Sanitario Público de Andalucía. Esta norma se publica hoy en el BOJA y regula las medidas que blindan la calidad formativa y la innovación y garantizan los tiempos de docencia en el sistema sanitario público. Este modelo de formación se dirige a garantizar a los especialistas las competencias necesarias para satisfacer las expectativas de la ciudadanía.

El decreto, que entra en vigor mañana, desarrolla el marco normativo estatal previsto para las comunidades autónomas y plantea medidas que garantizan la calidad para los especialistas residentes. Entre ellas destaca la disposición del tiempo necesario en la jornada laboral para los profesionales que ejercen la tutoría de residentes. La jefatura de servicio o la dirección de Unidad de Gestión Clínica determinarán el total de dedicación a la docencia, que en ningún caso podrá ser inferior a 60 horas al año.

En el caso de una jefatura de estudios, este tiempo será de al menos el 50% de la jornada laboral ordinaria en cómputo mensual, siempre que la persona responsable tenga a su cargo más de cincuenta personas. En caso contrario, el porcentaje se concretará de forma proporcional.

La norma señala que quienes desempeñen la docencia intervendrán en el sistema de gobierno y participación profesional de su Unidad de Gestión Clínica. Además, esta labor estará reconocida en el modelo de acreditación profesional, los baremos de la carrera y los procesos selectivos y de provisión de puestos de trabajo, así como a los efectos de evaluación del Complemento al Rendimiento Profesional.

Como novedad, las comisiones de docencia podrán incorporar personal asesor en investigación. Asimismo, los docentes también tendrán acceso a una formación continuada y con metodología innovadora. Por su parte, el personal en formación podrá, además, incorporarse a los diferentes programas de cooperación promovidos o subvencionados por la Junta, además de computar para bolsa otros cursos que realicen durante su residencia.

La composición y funciones de estos órganos quedan también reguladas en el texto, así como el procedimiento de selección para las jefaturas de estudios y las tutorías y el de autorización y evaluación de las rotaciones externas de los especialistas en formación.

Finalmente, el decreto incluye mecanismos de evaluación y seguimiento como una encuesta anual de satisfacción y el reforzamiento del soporte informático de gestión para el registro de las actividades vinculadas a la formación sanitaria especializada.