Juzgados de Sevilla
Juzgados de Sevilla / SA

La Sala III de lo Contencionso-Administrativo del Tribunal Supremo ha ratificado la nulidad de las subvenciones de 3,8 millones de euros que el exdirector general de Trabajo de la Junta de Andalucía Francisco Javier Guerrero concedió entre 2002 y 2006, por la «grosera omisión» de los trámites necesarios a seguir para su concesión, a la que se procedió, dice la Sala «sin más base ni soporte» que la decisión del propio Guerrero.

De esta manera, el Tribunal Supremo estima el recurso que presentó la Junta de Andalucía y revoca así la sentencia que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dictó el 15 de septiembre de 2015, donde se mostraba favorable a la empresa Matadero de Sierra Morena en contra de la Consejería de Economía de la Junta, que en 2014 ya había declarado nula esta subvención y había ordenado su reintegro. Entonces, el tribunal andaluz consideró que los plazos de procedimiento de revisión de oficio habían sido prorrogados sin justificación suficiente, de forma que habían caducado.

Ahora el Tribunal Supremo considera que la ampliación de los plazos sí estaba suficientemente motivada, al haber alegado la Adminsitración que tramitaba al mismo tiempo una gran cantidad de expedientes, y teniendo en cuenta que las revisiones tenían por objeto actos de ayuda que había concedido Guerrero, imputado en la pieza política de la macrocausa de los ERE por la concesión de ayudas socioeconómicas fraudulentas. Por ello, el Supremo señala que el procedimiento no ha caducado al considerar válida la prórroga, y así no se agotaron los cuatro meses y 15 días que se otorgó de plazo a la Administración andaluza.

Por otro lado, el Tribunal Supremo considera que en la concesión de las subvenciones a la empresa Matadero de Sierra Morena las «reglas básicas del procedimiento administrativo, destacadamente la necesidad de que se produzca una solicitud formal de quien pretende obtener la subvención, con todos los requisitos, las bases de la convocatoria, los compromisos que debe asumir la beneficiaria, la fiscalización del gasto, y la propia resolución administrativa que aprecie las razones de utilidad pública e interés social que justifiquen la subvención”, fueron «omitidas por completo». La empresa, señala la Sala III «no comprometió ningún tipo de actuación concreta, ni solicitó de manera precisa subvención alguna en ninguno de los actos que pretende identificar como de iniciación o continuación del procedimiento, procedimiento que no existió en ninguno de sus trámites esenciales, más allá de las resoluciones y convenio que son objeto de revisión, y de las actuaciones materiales de pago”.

Por ello, concluye el Tribunal, «el comportamiento de la empresa recurrente se limitó, sin asumir compromiso concreto alguno, a recibir sucesivas subvenciones para cuya pago se instrumentaron entre el citado Director General y el Instituto de Fomento de Andalucía convenio para la materialización de los pagos ordenados en las resoluciones de aquel, que no tenían más base ni soporte que la decisión del citado Director General, sin la previa prosecución de ningún procedimiento que merezca desde el punto de vista jurídico tal consideración”.

«La apreciación de la grosera omisión de los trámites elementales del procedimiento está expuesta con toda claridad y justificación en el dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía”, remacha el Supremo en la sentencia.

Y es que, recuerda la Sala, la subvención pública y sus cantidades otorgadas se condicionan al cumplimiento de la actividad planteada por el beneficiario de las mismas, de manera que «el concepto mismo de la subvención es incompatible con la atribución libérrima de fondos públicos. En ningún caso puede concebirse la subvención como desplazamiento patrimonial sin causa o con fundamento en la mera liberalidad de la entidad concedente”, argumenta el Tribunal Supremo.

Guerrero niega ahora que hubiese «fondo de reptiles»

En su declaración del miércoles ante la Audiencia Provincial de Sevilla, Francisco Javier Guerrero, exdirector de Trabajo de la Junta y uno de los altos cargos imputados en la causa política del caso de los ERE, negó ahora que la Junta manejara «fondos reservados» vinculados a los ERE, contraviniendo así versiones anteriores. El miércoles, el exdirector de Trabajo declaró que sus palabras habían sido «tergiversadas». «Yo nunca he hablado de un fondo de reptiles, no podía porque el fondo y su memoria presupuestaria tenían una dotación para un fin concreto”, arguyó. «Se ha tergiversado y ha servido para pensar que aquí teníamos unos fondos reservados. Nada cierto».