El plazo de confirmación de borrador concluye el 30 de junio (último día de Campaña de Renta), salvo si el resultado es a ingresar y se domicilia el pago. / Microwaves

Desde ayer lunes, la Agencia Tributaria comenzó el envío de borradores del Impuesto de la Renta de la Personas Físicas 2009 (IRPF 2009) y abre el plazo para modificarlos y confirmarlos.

Sevilla Actualidad. Los contribuyentes que no hubieran solicitado el borrador en la Renta del año pasado también pueden solicitarlo ya. Actualmente  hay 16,5 millones de solicitantes de borrador del IRPF o de los datos fiscales, cuyo plazo de solicitud acaba el 23 de junio.  

El contribuyente, una vez que reciba el borrador, debe revisarlo para completarlo o modificarlo, si es necesario, antes de confirmarlo. La confirmación del borrador supone la presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). El plazo de confirmación de borrador concluye el 30 de junio (último día de Campaña de Renta), salvo si el resultado es a ingresar y se domicilia el pago, en cuyo caso, el plazo acaba el 25 de junio.

Dicho borrador puede ser solicitado por todos los contribuyentes que reúnan las condiciones que fija la ley, como tener rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta y subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.

El borrador del IRPF se puede solicitar por Internet o por teléfono, facilitando el NIF y la casilla 698 (cuota íntegra, parte estatal) de la declaración de Renta 2008 (declaración presentada el año pasado).

 

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