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Manuel Gracia ha entregado en el registro del TC el recurso aprobado en el Pleno del Parlamento que entiende que la ley tiene un “dudoso” encaje constitucional y “escaso” respeto a las competencias autonómicas en materia local.

El presidente del Parlamento de Andalucía, Manuel Gracia ha presentado este viernes en el registro del Tribunal Constitucional el recurso contra la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, que reforma la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRSAL) que el Pleno del Parlamento de Andalucía aprobó el pasado 26 de febrero. 

El recurso del Parlamento entiende que la ley contiene partes contrarias a la Constitución y al Estatuto de Andalucía y vulnera competencias autonómicas ya que impone a la Comunidad Autónoma cómo debe actuar con relación a las competencias delegadas de titularidad autonómica.

El escrito recurre 20 preceptos de dicha ley al entender que «nos encontramos ante un cambio radical de uno de los pilares básicos en que se fundamenta la configuración del Estado. Así la reforma que incorpora la ley suprime servicios y prestaciones básicos, establece técnicas de dirección y control de oportunidad y eficiencia, dispone procedimientos rígidos, impone modelos de gestión, prevé la elaboración de planes económicos financieros estrictos, etc. Todo ello contrario a la autonomía local».

«Este cambio adquiere su máxima exposición cuando se trata de ayuntamientos de 20.000 habitantes de los que se presume, a priori, su ineficacia y que abarca casi a un tercio de la población española. La privación de la potestad sobre los servicios más importantes, que justifican la propia existencia de los entes locales para transferirlos a las Diputaciones Provinciales supone una violación de la esencia de la autonomía».

El recurso advierte de que «respecto a las competencias tradicionalmente ejercidas por los municipios y que ahora prácticamente desaparecen se encuentran» los servicios sociales, la cultura, salud y educación. Además, percibe «una notable exclusión que incorpora como básico el planeamiento urbanístico, la protección y gestión del patrimonio histórico o la conservación y rehabilitación de la edificación. Con ello, se desapodera a la Comunidad Autónoma de ejercer tales funciones de conformidad con su Estatuto y estrecha su capacidad de actuación».

Se recurren asimismo, las disposiciones adicionales de la ley sobre asunción por las Comunidades Autónomas de las competencias relativas a la educación, salud, servicios sociales, inspección sanitaria «cuyo alcance ha sido determinado por nuestro Estatuto» y el precepto de la ley que supedita la constitución de los consorcios a determinadas condiciones de eficiencia económica que son contrarias a las competencias sobre esta materia que tiene atribuida la Comunidad Autónoma.

La ley prevé la disolución y liquidación de entes locales que se encuentren en desequilibrio financiero seis meses después del 31 de diciembre de 2014, y la regulación de disolución de entidades de ámbito territorial inferior al municipio con vulneración de lo que prevé el Estatuto. Igualmente se recurre el establecimiento de un detallado contenido del plan económico financiero que deben elaborar los ayuntamientos que incumplan el objetivo de estabilidad presupuestaria y el establecimiento de «el coste efectivo de los servicios» como eje modular sobre el que se articula el sistema competencial local.

También se recurre la disposición adicional que excluye a la oposición de la intervención en las decisiones económicas fundamentales del municipio si el Pleno de la Corporación Local respectiva no alcanza en una primera votación la mayoría necesaria para la adopción de acuerdos prevista en esta ley.

El presidente del Parlamento, Manuel Gracia ha manifestado a los medios de comunicación que «la mayoría de la Cámara andaluza ha entendido que la reforma atenta contra la autonomía local y supone una merma en el empleo público y en la prestación de los servicios públicos de nuestros ayuntamientos».

El Parlamento se suma a la Junta

Por su parte, la Junta presentó este jueves su recurso de inconstitucionalidad a la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local siendo la primera comunidad autónoma en registrar en el Tribunal Constitucional su recurso. A la región la seguirán otras como Cataluña, Canarias o Asturias y también otras instituciones como el propio Parlamento andaluz o los ayuntamientos.

El recurso andaluz se centra en 25 artículos y disposiciones de la ley que, a juicio de la Junta, «alteran el marco competencial vigente, vulneran el principio descentralizador recogido en la Constitución y dejan la mayor parte de los ayuntamientos sin capacidad para gestionar los servicios, al introducir principios de viabilidad financiera ajenos a su carácter público y al mandato de la ciudadanía expresado democráticamente en las elecciones locales».

El Gobierno andaluz toma cree que la norma estatal es un «ataque frontal a las competencias de la comunidad autónoma y a la capacidad de autogobierno de las entidades locales, ancladas en el Estatuto y su posterior desarrollo legislativo». A su juicio, la norma «supone una recentralización y un control por parte del Gobierno de la nación, de modo que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas será el que evalúe el coste de todos los servicios», al tiempo que «abre las puertas a la privatización» al establecer que la competencia de los servicios será municipal sólo si las cuantías son «competitivas».

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Licenciada en Periodismo por la US. Sus primeros pasos fueron como reportera y locutora para los informativos locales. En prensa escrita sus informaciones se han seguido en Estadio Deportivo y en ElDeporteFemenino.com....