Hospital Costa del Sol de Marbella. / JA.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA ha ratificado el toque de queda en los municipios de Marbella y Estepona. Esta medida sanitaria consistente en restringir la libertad de circulación entre las 02:00 y las 07:00 horas de la mañana los próximos siete días. 

La Sala entiende que estas restricciones «tan severas y generalizadas» como el toque de queda, o la limitación de las reuniones en Marbella y Estepona, «son indispensables para salvaguardar la salud pública: no bastan meras consideraciones de conveniencia, prudencia o precaución».

En este sentido, indica que la medida es «idónea y necesaria» para proteger la salud pública de la población. Además, es «proporcionada» a la restricción del precitado derecho fundamental a la libertad personal. Todo ello, ya que la presión hospitalaria de pacientes agudos por COVID-19 es del 21%, siendo del 100% de ocupación de camas UCI. 

Además, considera que «la restricción de la movilidad durante las cinco horas centrales de la madrugada no obsta al ejercicio de otros derechos individuales, siendo en cambio beneficioso para el control y menor contagio de la enfermedad». Los magistrados consideran que la medida ha sido adoptada por la autoridad sanitaria autonómica competente.

Málaga en nivel 3 de alerta

La Junta de Andalucía decidió el pasado 22 de julio que los seis distritos sanitarios de Málaga pasaran al nivel 3 de alerta. Esto supone un endurecimiento de las medidas y de los aforos en hostelería.

En los bares y restaurantes no podrá superarse el cincuenta por ciento de aforo máximo en el interior, con un límite de cuatro personas por mesa dentro y seis en las terrazas. Sólo se permite el servicio y consumo en barra en exteriores con el distanciamiento establecido.

Se restringe el aforo permitido en tiendas y centros comerciales hasta el 60 por ciento.

Los bares de copas sólo abrirán en interiores si no sirven exclusivamente bebidas. Se mantendrán en este nivel de alerta las medidas establecidas para los establecimientos de hostelería y restauración. En exteriores, los bares de copas podrán ocupar el 50 por ciento de las zonas al aire libre con un límite de seis personas. No se permitirá el servicio y consumo en barra ni actuaciones de pequeño formato. El baile tampoco está permitido.