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Queda aprobado por mayoría el calendario de apertura de comercios autorizada de domingos y festivos para 2022. Suma 16 días en aplicación del Decreto Ley de Mejora y Simplificación de la Regulación para el Fomento de la Actividad Productiva en Andalucía, que contempla un incremento progresivo de diez a 16 domingos y festivos hasta 2022. De acuerdo con ello, el pleno del Consejo Andaluz de Comercio ha dado luz verde a las siguientes fechas:

  • 2 y 9 de enero
  • 27 de febrero
  • 14 de abril
  • 2 de mayo
  • 3 y 31 de julio
  • 15 y 28 de agosto
  • 1 y 27 de noviembre
  • 4, 8, 11, 18 y 26 de diciembre

Dicho calendario, de aplicación solo para los comercios con una superficie útil de exposición y venta superior a los 300 metros cuadrados, será ratificado mediante orden del consejero de Transformación Económica. Quedará publicado en el BOJA en los próximos días. Este aumento de 16 domingos y festivos respecto a la regulación anterior está pensada de forma progresiva para que los comercios puedan adaptarse al cambio de normativa, de manera que en 2020 fueron doce, en 2021 abrieron 14 y en 2022 se han aprobado los 16.

En la elección de la apertura de comercios los domingos y festivos se ha tenido en cuenta de forma prioritaria el atractivo comercial de estos días para las personas consumidoras. Para ello, se han seguido los siguientes criterios establecidos en la Ley para su determinación: la apertura de al menos un día festivo cuando coincidan dos o más continuados o la apertura en los domingos y festivos correspondientes a los períodos tradicionales de rebajas o ventas promocionales. También se ha valorado, de acuerdo con la normativa, abrir en los domingos y festivos de mayor afluencia turística en la comunidad o de la campaña de Navidad y de Reyes.

Atendiendo a la reforma realizada por el decreto ley, los ayuntamientos tendrán la oportunidad de solicitar la permuta de hasta dos domingos y festivos de 2022 por otros que a efectos comerciales interesen más a la localidad, frente al único permitido hasta su entrada en vigor.

La entidad local deberá presentar antes del 1 de noviembre de 2021 la solicitud, que se resolverá por la Consejería de Transformación Económica, previo informe del Consejo Andaluz de Comercio. La decisión tiene que ser comunicada al ayuntamiento solicitante y quedar publicada también en BOJA antes del 1 de enero de 2022.