Aeropuerto de Málaga / malagaes.com

Las medidas aprobadas por el Ministerio de Sanidad ya están en vigor, una vez publicadas en el BOE, y afectarán no solo a los residentes de la Comunidad de Madrid, sino también a aquellas personas que tuvieran pensado viajar a la capital por motivos de trabajo o visita.

Estas restricciones hacen imposible la entrada de aquellas personas que fueran a viajar por motivos de ocio, turismo, o visitas a amigos y familiares. Sólo se podrá entrar a la capital o al resto de municipios confinados si se tienen motivos «justificados», como acudir al trabajo, a la universidad, para asistencia de personas dependientes, trámites inaplazables o motivos médicos entre otros.

Las comunicaciones con la capital se mantienen, pero es posible que algunas compañías reduzcan la frecuencia de sus conexiones. Una vez en Madrid, se deberá presentar la documentación que pruebe que su viaje es por fuerza mayor. También en los puntos de salida de la ciudad la Policía podrá controlar si existen motivos para abandonar la zona confinada.

Si en cambio, se va a Madrid para hacer escala e ir a una tercera ciudad, la normativa no lo impide pero será necesario aportar los billetes de viaje que lo demuestren. Las personas que tengan que cruzar Madrid en coche para desplazarse a otro lugar también podrán hacerlo.

En el caso de aquellas personas que se encuentren en Madrid y deseen regresar a Andalucía, podrán hacerlo, ya que las restricciones permiten la vuelta a la residencia habitual, pero esto no incluye a aquellos andaluces que vivan en Madrid.

Por último, las personas que decidan saltarse las normas se enfrentarán a sanciones de entre 600 y 600.000 euros, dependiendo de la gravedad del incumplimiento.

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Periodista con acento andaluz. Me interesa la política, los datos y lo internacional. “El tiempo, casi siempre, está del lado del periodismo”.