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Con esta reforma, se incluye a los alcaldes y presidentes de diputaciones provinciales en el régimen de incompatibilidad con el cargo de parlamentario autonómico andaluz.

El Parlamento de Andalucía ha aprobado hoy las leyes relativas a la modificación de la Ley de Iniciativa Popular y de los Ayuntamientos; de la Ley Electoral de Andalucía; del Estatuto de los Ex presidentes de la Junta de Andalucía, y de las Incompatibilidades de Altos Cargos y de Declaración de Actividades, Bienes e Intereses. Todas estas normas tienen su origen en la medida anunciada por el presidente de la Junta, José Antonio Griñán, en el último Debate sobre el Estado de la Comunidad, con el objetivo de recuperar la confianza ciudadana y prestigiar la política.

Para ello, los grupos con representación en la Cámara concretaron una serie de propuestas de modificaciones legislativas que perseguían avanzar en la transparencia y la calidad democrática y mejorar la participación ciudadana en las tareas legislativas.

La primera de las normas aprobada consiste en la modificación de la Ley 5/1998, de Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos, con el fin de mejorar la participación ciudadana en el Parlamento.

La ley establece una rebaja de 75.000 a 40.000 el número de firmas necesarias para la tramitación de una iniciativa legislativa popular y de 35 a 25 la cifra mínima de ayuntamientos si surge del ámbito municipal. Asimismo, amplía de cuatro a seis meses el plazo de recogida de firmas desde que la Junta Electoral de Andalucía notifica la admisión de las iniciativas hasta su presentación en la Cámara autonómica, además de modificar el procedimiento para admitir sistemas de tramitación electrónica.

Junto con la reforma de la Ley 5/1998, la norma aprobada por el Parlamento también estima conveniente un futuro cambio en el Reglamento del Parlamento de Andalucía para hacer posible la personación de los promotores de iniciativas legislativas populares en la Cámara. Esta medida permitirá la presentación de las propuestas en el Pleno a través del ‘Escaño 110’ y el seguimiento de los correspondientes debates en iguales condiciones que los diputados, así como la participación en las comisiones parlamentarias.

Asimismo, el Parlamento ha dado luz verde a la norma que modifica las leyes 1/1986, Electoral de Andalucía; 3/2005, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta y de Declaración de Actividades, Bienes e Intereses, y 2/2005, del Estatuto de los Ex presidentes de la Junta de Andalucía.

Respecto a la Ley Electoral, la reforma tiene como principal objetivo incluir a los alcaldes y presidentes de diputaciones provinciales en el régimen de incompatibilidad con el cargo de parlamentario autonómico andaluz.

En la misma línea, también se propone que los parlamentarios no perciban retribuciones y asignaciones, públicas o privadas, al margen de las propias del cargo. Los familiares directos, por su parte, estarán obligados a formular declaración de sus ingresos y relaciones en materia de contratación con todas las administraciones.

Una reforma similar se plantea en la Ley de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Junta, con el fin de obligarles a incluir, en la declaración de actividades e intereses, tanto sus retribuciones como las relaciones de sus familiares directos en materia de contratación con las administraciones.

Respecto a la norma que regula el Estatuto de los Ex presidentes de la Junta, la Ley plantea la eliminación de la asignación mensual actualmente prevista a partir de la finalización de la actividad laboral a los 65 años.

Aprobada la ley que desarrolla la lengua de signos

Por lo demás, el Parlamento ha aprobado por unanimidad la ley que regula en Andalucía el uso de la lengua de signos española y los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas con discapacidad auditiva o con sordoceguera. De esta forma, la comunidad andaluza se convierte en la primera que desarrolla el uso de esta lengua en el ámbito autonómico, tras la aprobación de la norma estatal.

La consejera para la Igualdad y Bienestar Social, Micaela Navarro, ha resaltado el consenso alcanzado en torno a una ley que establece un conjunto de medidas destinadas a garantizar el uso de la lengua de signos española como condición básica de accesibilidad y no discriminación para la población andaluza afectada por este tipo de discapacidades, que supera las 176.000 personas.

Además, la norma incluye disposiciones para fomentar la generalización de los medios técnicos de apoyo dirigidos a aquellas personas con discapacidad auditiva que optan por la comunicación en la lengua oral castellana. Para desarrollar estos objetivos, el texto incluye una memoria económica con una previsión inicial de 406,4 millones de euros hasta el año 2014.

La ley se aplicará fundamentalmente en los ámbitos de los servicios públicos, las relaciones con las administraciones, el transporte, los medios de comunicación, la participación política y las telecomunicaciones.

Como principales novedades respecto a la ley estatal, la norma andaluza regula los servicios de teleinterpretación, que facilitan la comunicación y la traducción entre lengua de signos y lengua oral a través de la videotelefonía, y la figura del Agente de Desarrollo de la Comunidad Sorda, un profesional que se encargará de facilitar la participación de este colectivo en los diferentes ámbitos de la sociedad.

En cuanto a las personas intérpretes de lengua de signos, el desarrollo de las medidas incluidas en la ley supondrá una notable ampliación de la dotación de estos profesionales en Andalucía, ya que podrán ser requeridos para realizar cualquier tipo de gestión administrativa y también desarrollarán su labor en centros escolares, universidades y cursos de formación laboral. La Junta de Andalucía financió el pasado año la contratación de 281 intérpretes y la previsión es que este número casi se duplique tras la entrada en vigor de la ley.

Además, se promoverá la presencia de intérpretes en los puntos de información y atención al público de las principales estaciones de transporte de viajeros de la comunidad, además de establecer que los servicios de atención telefónica de las administraciones públicas sean accesibles para las personas con discapacidad auditiva. De igual modo, la Administración de Justicia deberá cumplir este objetivo en los procesos de todos sus órganos jurisdiccionales y también se adaptarán los servicios de atención a las personas en situación de dependencia.

En el ámbito educativo, la ley reguladora del uso de la lengua de signos española establece disposiciones para reforzar los recursos humanos, materiales y tecnológicos de apoyo que ya se vienen utilizando en los centros escolares, así como para promover la elaboración de planes de estudio adaptados y programas de formación para el profesorado.

En virtud de esta norma, se facilitará la accesibilidad de las personas con discapacidad auditiva a las reuniones plenarias de carácter público de los ayuntamientos, diputaciones provinciales y Parlamento de Andalucía y, con carácter general, a la información institucional y a los programas emitidos por los poderes públicos, los partidos políticos y agentes sociales de acuerdo con la legislación electoral y sindical.

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Licenciado en Periodismo por la Universidad de Sevilla, empezó en la comunicación local y actualmente trabaja para laSexta. Máster en Gestión Estratégica e Innovación en Comunicación, es miembro...