La reforma fija que ningún directivo puede cobrar más que el presidente de la Junta

El PP sostiene que se ha perdido la oportunidad de despolitizar completamente las entidades y que sólo limita las retribuciones de sus directivos.

El Pleno del Parlamento ha aprobado esta mañana la modificación de la Ley de Cajas de Ahorro de Andalucía con los únicos votos favorables del Grupo parlamentario Socialista y el rechazo del Grupo Popular y de IULV-CA.

El consejero de Economía, Innovación y Ciencia, Antonio Ávila, ha querido agradecer a todos los grupos el trabajo que han desarrollado en la tramitación de la norma, procedente de un Decreto-Ley aprobado en el mes de abril, apuntando que al tramitarse como proyecto de Ley se ha posibilitado el enriquecimiento y la mejora del texto.

El texto adapta la Ley a los cambios introducidos en la legislación estatal por el Real Decreto-Ley 11/2010. Ambos textos legales tienen como objetivo facilitar el flujo de crédito mediante la capitalización de las entidades y la profesionalización de su gestión y de sus órganos de gobierno.

En líneas generales, la reformada Ley fija una reducción de la presencia política en los órganos de gobierno de las cajas y limita el sueldo de sus directivos, que no podrá ser superior, en ningún caso, al que percibe el presidente de la Junta de Andalucía.

Sin embargo, ni PP ni IU han aprobado esta reforma de la Ley que hoy se ha debatido en el Parlamento. Para los populares, la nueva normativa no nace de una “voluntad de consenso” por parte del Ejecutivo, ha dicho Carlos Rojas. “El Gobierno se ha limitado a vender el control de las retribuciones de los directivos de las cajas”, ha dicho, para afirmar que está de acuerdo con esta medida, pero siendo muy crítico con las que, a su juicio, son las carencias del texto.

Y es que, el PP ha defendido unas cajas “totalmente profesionales y que se acabe con la actual politización” de las mismas, al tiempo que le ha pedido a la Junta que “deje de ser intervencionista”.
Para IULV-CA, tanto populares como socialistas han entregado “de forma gratuita” las cajas de ahorro a los fondos de reptiles, a los fondos de pensiones y a la banca privada.

Las claves de la reformada Ley

Para reforzar la capitalización y facilitar el acceso a recursos financieros en iguales condiciones que el resto de las entidades de crédito, regula las figuras de los Sistemas Institucionales de Protección (SIP); el ejercicio indirecto de la actividad financiera de las cajas a través de entidades bancarias, y la transformación en fundaciones de carácter especial que gestionan la obra social.

La caja que se convierta en fundación de carácter especial estará bajo el protectorado de la Consejería, que tendrá derecho a designar un representante en su Patronato. Este órgano, integrado por un máximo de 20 miembros, deberá reflejar en su composición la misma proporcionalidad de grupos públicos y privados que figuraban en los órganos de gobierno de la caja transformada. Los representantes originarios podrán formar parte del primer Patronato de la nueva fundación y permanecer en el cargo por el tiempo que les reste hasta la finalización de sus mandatos.

Respecto a los porcentajes de representación de los diferentes grupos en los órganos de gobierno, las corporaciones municipales reducen su proporción del 22% al 15%, mientras que la Junta de Andalucía pasa del 15 al 12%.

Por el contrario, incrementa su peso (del 8% al 18%) el grupo englobado bajo la denominación ‘Otras Organizaciones’, en el que se incluyen los colectivos con representación en el Consejo Económico y Social de Andalucía (empresarios, sindicatos, economía social y consumidores, entre otros).

Por su parte, mantienen la misma representación los impositores (27%), los empleados (15%) y las entidades fundadoras (13%). No obstante, en el caso de que en este último grupo se incluyan también entidades privadas, su cuota participativa será del 18%, reduciéndose la representación de los impositores y del grupo ‘Otras Organizaciones’ al 25% y al 15%, respectivamente.

En cuanto al régimen de cuotas participativas en los órganos de gobierno, el texto introduce como principal novedad la concesión de derechos políticos a sus titulares. De este modo, los representantes de las administraciones públicas, impositores, empleados, entidades fundadoras y otras organizaciones podrán tener derecho a voto y a información de acuerdos.

Incompatibilidades

Las incompatibilidades, recogidas en la legislación básica estatal, se refieren a la imposibilidad de simultanear las funciones en los órganos de gobierno con un cargo político electo o un alto cargo en la Administración pública. Para su cumplimiento se establece un plazo máximo legal de tres años.

En relación con las retribuciones de los miembros de los órganos, la modificación de la Ley prohíbe la percepción simultánea de dietas y sueldos. En el caso de la modalidad SIP y del ejercicio indirecto de la actividad a través de entidad bancaria, tampoco se permiten los sueldos o indemnizaciones dobles (una por la caja y otra por la entidad bancaria).

Estas retribuciones de directivos, que deberán ser aprobadas por las asambleas generales de las cajas de acuerdo con criterios de austeridad, no podrán ser en ningún caso superiores a las fijadas para el Presidente de la Junta de Andalucía.

En consonancia con la legislación estatal, la norma aprobada hoy en el Parlamento prohíbe que se lleven a cabo renovaciones totales de los órganos de gobierno de las cajas tras la finalización de sus mandatos de seis años. Esta medida también se aplica en el caso de conclusión de los periodos transitorios de órganos de gobierno en procesos de fusión para la creación de nuevas entidades.

La nueva regulación de las cajas de ahorros se completa, entre otros aspectos, con la introducción del principio de presencia equilibrada de hombres y mujeres en los órganos de gobierno de las cajas, de acuerdo con lo previsto en la Ley para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía.

En relación con la normativa vigente hasta ahora, el texto mantiene garantías significativas referidas al interés general de la comunidad autónoma. Destaca en este sentido la obligación de que las cajas foráneas que operen en el territorio andaluz a través de SIP o de bancos reviertan con su obra social la proporción de beneficios obtenidos por su actividad en la comunidad.

Finalmente, y al margen de la regulación de las cajas, el texto aprobado por el Consejo de Gobierno y refrendado por el Parlamento incluye la creación del Fondo para la Reestructuración Financiera de Empresas, dotado con 70 millones de euros. El nuevo instrumento financiará los planes en esta materia incluidos en el programa de apoyo a empresas viables con dificultades coyunturales, que la Junta promueve desde el año 2008 a través de la concesión de préstamos, avales, bonificaciones de intereses y otras ayudas reembolsables.

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Licenciado en Periodismo por la Universidad de Sevilla, empezó en la comunicación local y actualmente trabaja para laSexta. Máster en Gestión Estratégica e Innovación en Comunicación, es miembro...