La Junta de Andalucía aprueba una nueva normativa por la cual los Ayuntamientos deben adecuarse a ciertas predisposiciones a la hora de construir badenes en las calles de sus localidades para regular el tráfico. A pesar de ello, aún existen numerosos badenes considerados «ilegales» en toda la provincia.

Sevilla Actualidad. Son muchos los municipios de la provincia de Sevilla cuyos Ayuntamientos han instalado numerosos badenes por distintas calles con el fin de evitar que los vehículos circulen con una excesiva velocidad por la ronda urbana. Además, también es común que se instalen los badenes sin ningún tipo de objección con respecto a su tamaño o forma, de acuerdo al criterio independiente de cada Consistorio.

Pero a partir de octubre de 2010, entrará en vigor una nueva ley por la que los Ayuntamientos sevillanos se encontrarán en la obligación de modificar los badenes construidos en las vías de sus municipios , ya que a partir de ahora, deberán cumplir con los parámetros que se indican en la nueva normativa legal asumida por la Junta de Andalucía.

A principios de este mes, la Diputación de Sevilla fue la encargada de acoger unas jornadas sobre Seguridad Vial en la cual se informó a los alcaldes y responsables municipales sobre esta nueva normativa legal que influye a la construcción de badenes.

Existencia de badenes «ilegales»

Con la promulgación de esta nueva normativa por parte de la Junta de Andalucía, se ha abierto de nuevo el debate sobre si la mayoría de badenes instalados en buena parte de las localidades cumplen o no las cualidades determinadas por la Consejría de Obras y Transportes.

A veces, con tal de controlar la seguridad vial de una población, los Ayuntamientos adoptan medidas inoportunas que resultan ser un peligro para el tráfico y para los ciudadanos.

Además, la construcción de estos badenes defectuosos causa en una gran mayoria de veces, daños a los propios vehículos, en lugar de servir como ayuda para que los conductores transiten mejor, ya que se causan daños en la amortiguación, por la excesiva elevación, así como en la dirección y en el chasis.

Altura máxima de 10 centímetros

El ministerio de Fomento elaboró hace varios años una normativa por la cual se exige a los Ayuntamientos que emplean badenes para regular la circulación del tráfico, que éstos no superen una altura de 10 cm.

Además, dicha normativa concluye que los badenes deben estar construidos en todos los casos con hormigón o material asfáltico, con un máximo de 4 metros de largo y unas rampas de subida y bajada de entre 1 y 2,5 metros, dependiendo del límite de velocidad existente.