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La empresa concesionaria incumple la normativa sanitaria, contra incendios y deja de pagar más de 100.000 euros.

El Ayuntamiento de Bormujos ha clausurado de manera cautelar las instalaciones de la Piscina Municipal Cubierta, cuya concesión administrativa está en manos de la empresa “Hermanos Bas Cabello 2011 S.L”, según establece la resolución dictada hoy por el alcalde, Francisco Molina “a la vista de la persistencia una serie de deficiencias graves detectadas en las inspecciones realizadas en las citadas instalaciones”. 

Éstas se centran en cuestiones del sistema de seguridad contraincendios, como en la habitabilidad, estando los valores de humedad muy por encima de los valores permitidos. Igualmente, las inspecciones realizadas por la Unidad de Protección de la Salud del Distrito Sanitario Aljarafe y Sevilla Norte, determinaron un expediente sancionador por no controlar los parámetros de rutina de la piscina y no adoptar medidas correctoras ante la humedad relativa de la misma.

Paralelamente, el alcalde, Francisco Molina, ha dictado otra resolución de desahucio de la empresa concesionaria, Hermanos Bas Cabello 2011 S.L., por la que se acuerda “conceder el plazo de quince días para el desalojo de la piscina”. 

Las siguientes resoluciones vienen motivadas, además, por los continuos impagos a los que estaba obligada la empresa adjudicataria, en concreto canon municipal y suministros, como gas natural, superando estas cantidades los 100.000 euros. Esta empresa también llevó a cabo en las instalaciones obras no autorizadas y no cumplió con la construcción y explotación de las instalaciones deportivas anexas, contempladas en la concesión

El pasado 13 de abril ya se emitió una resolución y notificó a la empresa Hermanos Bas Cabello 2011 en la que se daba “un plazo improrrogable de 7 días”  para que procediera a la subsanación de las graves deficiencias expuestas en los informes municipales y del Distrito Sanitario del Aljarafe, advirtiendo de que su incumplimiento llevaría a la clausura. En concreto se detectó, entre otros aspectos,  que no se cumplían “las mínimas condiciones de seguridad en lo relativo a las medidas contraincendios”.

Posteriormente, se han realizado otras tres inspecciones sin que, por el momento, la empresa haya corregido las anomalías detectadas.

La última de ellas la efectuaron el pasado día 1 de junio de 2016 el arquitecto municipal y el arquitecto técnico municipal concluyendo lo siguiente:

“Las Bocas de Incendio Equipadas inspeccionadas de vestíbulo y de recinto de la piscina presentan el manómetro a cero, es decir, no existe presión para que dichos equipos funcionen”. Igualmente, el nivel de humedad el recinto de la piscina “supera con muchos los niveles recomendables de habitabilidad”. Ambos aspectos se consideran “deficiencias graves” tanto en lo referente al tema de la seguridad, en el caso de las BIEs, como en el de la habitabilidad, por cuanto la normativa de aplicación no admite valores de humedad por encima del 65%.

Otras de las cuestiones recogidas en los informes sobre defectos detectados en las inspecciones que no han sido subsanados hacen alusión al “el deficiente estado de fijación de la barandilla para el acceso de personas con discapacidad a la piscina hace que su uso sea peligroso por la inestabilidad que tiene y por ello pueda provocar accidentes”. Asimismo, los detectores de humo en lagunas zonas de las instalaciones de encuentran rotos, por lo que no pueden ejercer su labor. Tampoco los sistemas automáticos de detección y alarma por existencia de un incendio se encuentran activados.

En cuanto a las hojas de registro de control de rutina (diario) del aire y del agua del vaso de la piscina, no se registraron los datos correspondientes a los días 1 a 5 de abril, habiendo estos días estado abierto al baño.

Estos incumplimientos suponen un grave quebrando de las normas exigidas en el Real Decreto 1942/1993 de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios.

Igualmente, la Unidad de Protección de la Salud del Distrito Sanitario Aljarafe y Sevilla Norte, en su informe de actuaciones emitido el 12 de abril sobre inspecciones realizadas in situ los días 11 y 12 de abril propone, a la vista de los incumplimientos que se incoe expediente sancionador  por no controlar los parámetros de rutina de la piscina y no adoptar medidas correctoras ante la humedad relativa de la piscina, siendo ésta superior al 65%  (artículo 10.2 del dicho RD).

En la segunda resolución, el alcalde, Francisco Molina, ha dictado otra resolución de desahucio de la empresa explotadora de la piscina, Hermanos Bas Cabello 2011 S.L., por la que se acuerda “conceder el plazo de quince días el desalojo de la piscina”. Una decisión basada en el acuerdo del pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de octubre de dos mil quince, de “revocar la concesión administrativa para el uso privativo y explotación de la piscina municipal cubierta, así como la construcción y explotación de las nuevas instalaciones deportivas en la parcela dotacional situada en el Sector SUP-2 “El Aceitunillo” a favor de la entidad Hermanos Bas Cabello 2011 S.L.” Dicho acuerdo fue notificado al contratista el día 28 de diciembre de 2015, sin que contra el mismo se haya presentado alegaciones o recurso alguno.