La sentencia también insta a Prodetur a devolver la parte de la paga extra que fue devengada hasta la entrada en vigor del Real Decreto Ley.

El sindicato provincial de Servicios a la Ciudadanía de CCOO de Sevilla ha informado de que una sentencia del Juzgado de lo Social Nº 5 de Sevilla sostiene que Prodetur, empresa pública dependiente de la Diputación de Sevilla, “debe reintegrar los derechos de los trabajadores sustraídos por el RDL 20/2012 por el que el Gobierno de Rajoy recortó los derechos de los empleados públicos en temas como vacaciones o prestación por incapacidad temporal, así como una parte de la paga extra que fue detraída en el 2012”.

Como informa este sindicato provincial, en relación con la paga extra, el Juzgado reconoce que la Ley General de Presupuestos del Estado no se puede aplicar con carácter retroactivo y, por tanto, sentencia la devolución de la parte que fue devengada hasta la fecha de entrada de vigencia del Real Decreto Ley.

Por otra parte, el Juzgado determina que al ser Prodetur una institución de derecho privado aunque la Diputación de Sevilla sea su único accionista, no cabe aplicar la normativa general del Estatuto Básico del Empleado Público, por lo que tampoco sus modificaciones, de ahí que el Juez dicte que no son de aplicación los recortes efectuados en el Real Decreto Ley y, por tanto, Prodetur debe de devolver los derechos sustraídos a sus trabajadores.

El Sindicato Provincial de Servicios a la Ciudadanía de CCOO de Sevilla pide a Prodetur que aplique la sentencia motu propio sin que se tenga que acudir a nuevas instancias judiciales.