Ayuntamiento-Alcalá

Condenan al Ayuntamiento de Alcalá por no aplicar el convenio laboral en los planes de empleo

La Sala explicita que no se vulnera el principio de igualdad con la aplicación realizada de estos planes de empleo.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) da la razón al Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra declarando procedente su actuación con la contratación, gestión y abono de sueldos de las personas empleadas mediante los Planes de Empleo en colaboración con la Junta de Andalucía, no como parte integrante de la plantilla municipal sino acorde a la singularidad del tipo de contratación.

El Equipo de Gobierno ha realizado un continuo esfuerzo de negociación con partidos políticos y sindicatos y, en la búsqueda de la mejor opción jurídica para garantizar el compromiso de que se realizaran estos planes de empleo por su beneficio para la ciudadanía, siempre ha defendido la misma postura y argumentos que ahora ratifica el TSJA: se trata de unos planes específicos de inserción laboral con carácter social y no un tema interior de empleo público.

Ya han comenzado a llegar sentencias al Ayuntamiento del TSJA en la que no sólo estiman los recursos interpuestos por la administración local sino que la absuelven de la obligación de retribuir a los trabajadores demandantes de los planes de empleo especiales con arreglo a las tablas salariales del convenio municipal especificando que no procede el abono de las cantidades y otras medidas solicitadas dada la ‘excepcionalidad’ de la contratación otorgada, sujeta a una normativa, el Decreto-Ley 9/2014. De hecho, se cita textualmente que ‘no puede prevalecer en tales casos la aplicación del Convenio, dado su menor rango normativo en el sistema de fuentes establecido por el artículo 3 del Estatuto de los Trabajadores/95.’

Entiende el TSJA, anulando las consideraciones de juzgados de menor instancia, que las contrataciones de los planes específicos de empleo referidos ‘se realizan bajo la condición de que la subvención cubriera en la totalidad los costes salariales y sociales’ y ‘habida cuenta de las limitaciones establecidas por la Ley de Estabilidad Presupuestaria y la existencia del Plan de Ajuste del Ayuntamiento’. Así considera textualmente que ‘no se vulneraría el principio de igualdad retribuyendo de mantera distinta a los trabajadores en razón de integrarse en el perfil que regulaba el Decreto Ley tan reiterado’.

El Equipo de Gobierno del Ayuntamiento alcalareño reincide en que su objetivo sigue siendo cumplir las políticas de cualificación y promoción de empleo y cohesión social que se asientan en la base de los planes de empleo específicos en colaboración con la Junta Emple@Joven y Empleo@30+. Por ello, dichos programas subvencionados para la población de Alcalá con 2,2 millones de euros se pondrán en marcha a partir de mañana para la realización de contratos de 6 meses de duración para 289 personas en desempleo.

El ejecutivo local ha defendido esta postura de promoción del necesario empleo para muchas familias de Alcalá siguiendo la filosofía de estos programas específicos necesarios y urgentes de empleo de la Junta de Andalucía, pero entendiendo la situación de singularidad de dichas contrataciones y asumiendo con responsabilidad su papel en la estabilidad económica municipal.