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La Junta Electoral de Zona (JEZ) ha ordenado este sábado al PSOE de Alcalá la retirada de la publicidad institucional que habían instalado en los autobuses urbanos bajo apercibimiento de apertura de expediente.

La Junta Electoral de Zona de Sevilla (JEZ) ha emitido este sábado una resolución, a raíz de la denuncia de un representante de Alcalá Puede, por la que ordena al PSOE de Alcalá de Guadaíra la retirada «inmediata»de la publicidad electoral que había colocado en los autobuses urbanos de la ciudad. La JEZ toma esta decisión al infringir la prohibición del art. 53. de la Loreg, conforme a la Instrucción 3/11 de la Junta Electoral Central.

La JEZ ordena al PSOE que se abstenga de «tales comportamientos» bajo apercibimiento de un expediente sancionador y da respuesta a las críticas de otras formaciones política alcalareñas que habían mostrado su rechazo a la vulneración de la normativa.

El artículo 53 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) prohíbe expresamente en su párrafo segundo la contratación de publicidad institucional en cualquier medio desde la convocatoria de elecciones hasta el inicio legal de la campaña.

Asimismo, la Instrucción 3/2011, de 24 de marzo, de la Junta Electoral Central prohíbe a las formaciones políticas y las candidaturas «contratar directamente ni a través de tercero, espacios, soportes o sitios para la difusión de publicidad o propaganda electoral, ya se realice en lugares, públicos (jardines, plazas, parques, etc.), ya en soportes comerciales de cualquier tipo, sean vallas, muebles urbanos para la presentación de información («mupis»), objetos publicitarios iluminados («opis»), cabinas, medios de transporte o similares”.

 

Nació en Sevilla y pronto supo que lo suyo sería la comunicación. Es licenciado en Periodismo en la Universidad de Sevilla y Máster en Marketing Digital por la Universidad de Málaga. Especialista...