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Los taxistas pagarán una tasa trimestral por sus paradas

Lunes, 26 Marzo 2012 17:43

Antonio Campos

La nueva ordenanza afecta también a la reserva de espacio de carga y descarga frente a obras, que cambia importes y pasa del pago semestral a trimestral para favorecer a las pequeñas obras.

La Delegación de Hacienda y Administración Pública ha remitido al Consejo Económico y Social de Sevilla la modificación de la Ordenanza Fiscal en lo que se refiere a la tasa  reguladora de la reserva de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de  vehículos, carga  y  descarga  de mercancías  de cualquier clase, paradas de auto-taxis y demás vehículos que precisen licencias o autorizaciones para el transporte urbano.

Esta modificación afecta fundamentalmente a los taxistas, que a partir de ahora pagarán una tasa trimestral de 130 euros por turno único y 260 euros por turno doble, por la reserva del suelo de las paradas. Así como a la revisión documental ordinaria anual del taxi que pasa de 11,96 euros a 91,96. Estas modificaciones se efectúan en base al reciente acuerdo alcanzado con el sector del taxi sobre el Plan de modernización del sector.

Con dichos elementos fiscales, los diferentes proyectos incluidos en el Plan de modernización, podrán tener una financiación complementaria a la aportación municipal, con el objetivo de que la misma no sea realizada exclusivamente por esta vía con cargo a la financiación general del Ayuntamiento.

También afectará a la reserva de suelo frente al lugar donde se realiza  una obras (que pasa de ser semestral con importe desde los 134 euros a los 78, a trimestral entre 81 y 58 euros, para favorecer a los que realicen pequeñas obras frente a las grandes actuaciones).

Esta modificación no afecta a entrada de garajes de particulares, y sí a los negocios donde hay garajes en régimen de abonado o rotatorio, así como  a los centros comerciales u otros negocios o entidades que soliciten reserva exclusiva de espacios a los que se les aplicará una modificación de importes y de periodicidad en la reserva (hasta ahora se establecía una reserva por cada 5 metros lineales o fracciones de entre 80.06 y 137,21 euros al semestre, y pasa a una tarifa entre 58 y 81 euros al trimestre.

La modificación de las Ordenanzas Fiscales que hoy se presentan al CESS obedece a la necesidad de adecuar las mismas a la utilización real del espacio público y al valor de mercado del mismo. Dicha modificación se remite al CES en cumplimiento del calendario necesario para la aprobación definitiva antes del 30 de junio, con el objetivo de alcanzar su primer devengo en el inicio del segundo semestre del año.

De hecho, la Ley de Haciendas Locales (TRLRHL)  concreta que el  importe de las tasas previstas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local se fijará,  con carácter general, tomando como referencia el valor que tendría en el mercado la utilidad derivada de dicha utilización o aprovechamiento, si los bienes afectados no fuesen de dominio público. A tal fin, las ordenanzas fiscales podrán señalar en cada caso, atendiendo a la naturaleza específica de la utilización privativa o del aprovechamiento especial de que se trate, los criterios y parámetros que permitan definir el valor de mercado de la utilidad derivada.

La modificación propuesta tiene las siguientes finalidades: por un lado, sujetar a la Ordenanza el aprovechamiento especial del dominio público local por parte de las paradas de auto-taxis. Se ha calculado la Base Imponible de la Tasa en base a informe sobre el valor de mercado emitido por la Oficina Técnica del Dpto. de Gestión de Ingresos, aunque, dada la actual coyuntura económica, para no acentuar la presión fiscal, se ha considerado un valor de repercusión inferior al real, o sea, inferior al precio de mercado del suelo.

Por otro, adecuar al valor actual de mercado el resto de las tarifas relativas a la reserva de espacio del dominio público para aparcamiento exclusivo, para de vehículos y carga y descarga, parada de líneas regulares de transporte colectivo de viajeros. También en este caso se han establecido unas tarifas muy por debajo del valor de mercado estudiado.

Y, por último, regular determinados aspectos no regulados en la Ordenanza y modificar ciertos preceptos de la misma en aras de una mayor seguridad jurídica.

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